A ver si me podeis ayudar.Tengo un familiar que es viuda con 50 años. Se le termino el subsidio de desempleo en Enero. Fue a solicitar la ayudar de 400 euros del Plan Prepara y se lo concedieron durante 6 meses. Para su sorpresa, le acaba de llegar un escrito reclamando le todo lo que ha cobrado hasta ahora (5 meses) ya que sumando la viudedad prepara no se que porcentaje dicen que se ha pasado. Que puede hacer? La persona que le tramito el prepara lo tendria que haber visto digo yo y no aprobarselo. A ver si alguien me puede echar un cable. Gracias
Y habiendo puesto la solicitante, como es su deber en una hoja declarativa, en la casilla "trabajo/pensiones" la cantidad de la pensión de viudedad se lo aprobaron???
No sólo es raro que habiendo puesto la solicitante dicha cantidad en la solicitud le hayan aprobado el Prepara, sino que le hubieran aprobado el subsidio por desempleo anterior que comentas que percibió teniendo en cuenta que el límite de rentas viene a ser el mismo.
Saludos.
Gracias por tu rapidez. Se quedo viuda a los 7 ó 8 meses de percibir el paro. Tuvo 24 meses ya que habia cotizado mas de 20 años. Lo que no se seguro es si indico lo de la viudedad pero mañana mismo lo miro. De todas formas siempre he oido decir que la pension de viudedad es solo incompatible con tener un marido. Se que cobra unos 420.00 de viudedad y que el prepara son 400. De todas formas lo aclaro y te digo algo. Mil Gracias
La viudedad es compatible con las ayudas que gestiona el Sepe. Otro aspecto, como en el caso que comentas, es la superación del límite de rentas para ser perceptor de las ayudas antes mencionadas. Por lo tanto, hay viud@s que tienen derecho porque cobran una pensión de viudedad muy baja y, sumando a otros ingresos, no supera el límite de rentas.
La pensión de viudedad hay que contabilizarla con las pagas prorrateadas.
Saludos.
También deberías aclarar, con el permiso de patatinpatatanpatatero que es el experto que podrá ayudarte:
1) Hablamos de un subsidio por desempleo o de la prestación contributiva por desempleo, me inclino por lo último pues dices tuvo 24 meses ya qye había cotizado más de 20 años.
2) Dice se quedó viuda a los 7 o 8 meses de percibir el paro, quiere decir, que fué a los 7-8 meses a contar desde el primer mes que percibió el parto y que siguió percibiendolo después hasta enero (resumiendo que percibió el paro desde enero del 2011 a enero del 2013, y quedó viuda sobre agosto del 2011)??
O bien quiere decir, que quedó viuda en los 7-8 meses posteriores a agotar el paro???
Me inclino por la primera opción, por otros datos que da, pero debería confirmalo.
Y por último dice que la pensión de viudedad es sólo incompatible.....pero el tema no es la incompatibilidad de la pensión de viudedad SINO que el tema es que el Plan PREPARA exige cumplir unos requisitos, entre ellos, no superar un umbral de rentas.
patatinpatatanpatatero
Acabo de ver que se cruzaron los post, lo siento!!!.
Tú no crees a raíz de lo que pone en el último post que está hablando de prestación por desempleo en lugar de subsidio?
Al principio dijo subsidio y luego parece que es contributiva y, si es esto último, entiendo que es menor de 45 años, pero yo ya tenía puesto el chip de persona mayor de 45 años. Pero bueno, centrándome en el Prepara (que esto parece claro que ha sido beneficiaria) quedaría afectado por las rentas de la pensión si se lo reclaman. Si lo que cobró anterioremente es un subsidio y durante su percepción se le aprobó le pensión de viudedad con rentas superiores el límite establecido pues habría que haberlo comunicado igualemente y se lo reclamarían también.
Es raro que al funcionario del Sepe que recoge la solicitud se le pase un dato así. Habría que ver si se comentó y si la beneficiaria declaró en la solicitud tales ingresos. Viene muy claro este apunte en la solicitud: "Trabajo/Pensiones". Si no lo hizo en la hoja declarativa, este tipo de casos son comunes en su detección por la unidad de control.
La duda que tengo ahora es si para el Prepara el INSS permite, como ocurre con los subsidios, renunciar al complemento de mínimos para tener acceso a la ayuda.
Saludos.
Americana dice:
" Tengo un familiar que es viuda con 50 años. Se le termino el subsidio de desempleo en Enero. Fue a solicitar la ayudar de 400 euros del Plan Prepara y se lo concedieron durante 6 meses"
"Se quedo viuda a los 7 ó 8 meses de percibir el paro. Tuvo 24 meses ya que habia cotizado mas de 20 años."
Yo interpreto que a los 7/8 meses de haber empezado a cobrar la prestación por desempleo se quedó viuda (con más de 45 años). Después de agotar la prestación por desempleo, le concedieron el subsidio por agotamiento de la prestación por desempleo sin responsabilidades familiares (mayores de 45 años), que terminó en el mes de enero.
Ahí, solicitó el plan prepara que le fue concedido durante 6 meses.
En principio, si las únicas rentas que tiene son los 420€ de la pensión de viudedad, creo que tenía derecho a cobrar el subsidio (máximo de rentas 483,98€ mensuales brutos), siempre que en esos 420€ estén prorrateadas las pagas extras de la pensión de viudedad y que no tenga otras rentas, claro.
Pero, entonces, salvo que haya alguna incompatibilidad para cobrar una pensión de viudedad y el prepara,tampoco entiendo (como patatín) por qué se le concedió el subsidio y no el prepara.
Me parece que el problema va a estar en que esta persona no ha informado de que cobraba una pensión de viudedad y en que el importe de dicha pensión es superior a los 483,98€ brutos mensuales. Si el problema está ahí, podría ocurrir que el SEPE le reclame también el dinero que percibió por el subsidio.
Americana.
Me parece que, si quieres obtener una respuesta correcta, vas a tener que dar datos exactos. Es decir, fechas exactas en las que esta persona cobró el paro, el subsidio y el prepara. Fecha de fallecimiento del marido.
Cuantía de la pensión de viudedad (en bruto y con las pagas extras prorrateadas). Si esta persona dispone de algún otro ingreso, aparte de la pensión de viudedad.
Ah, no me había dado cuenta de que tenía 50 años. Pues esto complica más la cosa.
La vía de acceso al Prepara se la debió dar el subsidio, porque si ha cobrado la prestación contributiva con esa edad, se tiene derecho (si cumple el requisito de rentas que es el mismo que para el Prepara) al subsidio por agotamiento de la prestación (con responsabildades familares o mayores de 45 años). Y una vez agotado éste último, lo normal es cobrar la RAI, y cobrada la RAI no se tiene acceso al Prepara. Qué lio!!!
Entiendo que con 50 años ha debido de haber un subsidio previo al Prepara. Por lo tanto, si lo anterior al Prepara fue subsidio por desempleo y lo estuvo compatibilizándolo con la pensión de viudedad, se habría producido otro cobro indebido.
Saludos.
Que lio he armado. A la tarde me van a traer la carta que le ha llegado reclamando la devolcion de lo percibido. Asi sera mas facil.
A mi se me acaba el paro en Ene 2014 y tengo 53 años. En el Servef me dijeron que tenia derecho (18 meses) de una ayuda de 400.00 euros. Que diferencia hay entre esa ayuda y el Plan Prepara. Ahi es donde me lio yo. Gracias
Las prestaciones o subsidio por desempleo no las gestiona las CC.AA (en tu caso el Servef) sino el SEPE (organismo del Estado). Fíjate bien la próxima vez que vayas a la oficina porque, aunque el recinto pertenece al Servef, verás por ahí escondidos y seguramente en el peor lugar a los del SEPE. Son organismos diferentes.
El plan Prepara es practicaente lo último de lo último. Según está ideado, los beneficiarios suelen ser: 1. menores de 45 años que agotan la prestación contributiva y no tiene cargas familiares (se les exige un año en los últimos de 18 meses de inscripción) y 2. Menores de 45 años con responsabilidades familiares que agotan el subsidio por cotizaciones insuficientes o el subsidio por agotamiento. El resto de situaciones suelen estar protegidas por otros subsidios como es tu caso.
Si comentas que tienes 53 años y finalizas la prestación contributiva, puede que tengas derecho al denominado "subsidio por agotamiento de la prestación". Ahora bien, lo que te ha dicho el Servef (debería haber sido el Sepe ya que es competencia de ellos) no me cuadra porque en tu caso se dan tres posibilidades:
1.- Subsidio por agotamiento de la prestación para mayores de 45 años sin responsabilidades familiares. 6 meses.
2.- Subsidio por agotamiento de la prestación para mayores de 45 años con responsabilidades familiares que finalizan una prestaciónde menos de 180 días de derecho. Seis meses prorrogables hasta un máximo de 24 meses.
3.- Subsidio por agotamiento de la prestación para mayores de 45 años con responsabilidades familires que finalizan una prestación de igual o más de 180 días de derecho. Seis meses prorrogables hasta un máximo de 30 meses.
Por lo tanto, no pueden ser 18 meses, que es el número de meses a los que tendría derecho los menores de 45 años con responsabilidades familiares que agotan una prestación contributiva de menos de 180 días de dercho.
Saludos.
Lo mio debe ser el caso 1 ya que tengo u hijo pero con 26 años. El termino de trabajar en Junio 13 . Tengo trabajo apartir de Mayo 2014 pero si esto me fallara, despues de los 6 meses no tengo derecho a nada? No me parece justo que yo haya pagado religiosamente durante 34 años a la SS y que haya gente con menos cotizacion y tengan mas derechos.
Posiblemente a la RAI (11 meses pero habría que ver la rentas de la unidad familiar) pero pensar a qué se puede tener derecho una vez agotada la prestación y luego, posteriorente, finalizar un subsidio, es aventurarse demasiado en las predicciones. Con la que está cayendo pensaría más en que no me quiten lo que estoy cobrando en estos momentos que en lo que pueda obtener en un futuro.
Saludos.