hola,mi caso es el siguiente: mi pareja(para mi,mi mujer)fallecio de forma repentina el mes pasado a los 39 años de edad,despues de 26 años de relacion conmigo y 21 años demostrables de convivencia y tres hijas en comun.al ir a solicitar las pensiones de viudedad y orfandad me aceptan las de orfandad pero no la de viudedad,me comenta el funcionario que a partir de enero del 2007 que se creo el registro de parejas de echo al no estar inscritos en ella no me pertenece nada,no obstante me dice que si existiera algun caso igual que el mio que se la hubieran concedido crearia jurisprudencia y que yo podria solicitarla.me he puesto a buscar y ya se de varios casos en españa que se acojen al mio que han sentado jurisprudencia, el ultimo una mujer en el pais vasco despues de casi 4 años de lucha,el supremo le dio la razon.lo que yo quisiera saber es como tengo que actuar,si despues de ya existir otros casos positivos lo mio tardaria mucho?....
mi caso fuera parte del gran dolr que tengo al fallecer el amor de mi vida,que me falta hasta el aire que respirar,se me complica con el tema economico,tres hijas y una casa que llevar sin ganas y sin medios( ella era el todo de mi casa).
me despido atentamente y gracias de antemano.
Si hay jurisprudencia simplemente busca un abogado y solicita judicialmente tus derechos. Presentar una demanda así de facil. ¿ El tiempo? ¿ lo que te cuesta?, es otra cosa.
saludos
hoy voy a un abogado con la noticia publicada en prensa con fecha de junio del 2011 donde dice:Una mujer recibirá la pensión de viudedad sin estar casada ni formar pareja de hecho
El alto tribunal admite como prueba los años de convivencia con su compañero
El fallo, que sienta jurisprudencia, permitirá cobrar el subsidio a las personas con hijos que pierden a su compañero
Y así fue, después de dos largos años de pleitos, recursos y sentencias, el pasado 23 de marzo el Tribunal Supremo reconoció a la donostiarra el derecho a cobrar una pensión de viudedad de catorce pagas anuales con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2007.
ahora viene lo que yo no entiendo:me dice mi abogado con terminos juridicos que yo no entiendo, que existe otra jurisprudencia posterior a esta que anula la primera.Lo que yo no entiendo es que si sienta jurisprudencia en el SUPREMO, como otro poder judicial o elmismo alos pocos meses se contradice y donde dije digo ahora digo diego.de verdad que no lo entiendo, si alguien me lo pudiera explicar se lo agradecere en el alma.gracias
por favor,alguien que me aconseje.ya fui a un abogado y me djo echo un lio y no dispongo de dinero para estar cada dos por tres gastandolo en abogados.