Creo que ya hecho esta consulta en este foro, pero ahora no encuentro el post.
Se trata de un funcionario que hace años quedó viudo y sin hijos.
Despues de muchos años, inicia una nueva relación y se casa en segundas nupcias. Ese matrimonio se efectuó 3 o 4 meses antes de él fallecer.
¿Tiene derecho la 2ª esposa a pensión de viudedad?.
He oido que con al llevar solo 3 o 4 meses de casados la 2ª esposa no recibe viudedad.
Hola a ambos. Por concretar un poco más la respuesta, es como explica Katia si la enfermedad ya la tenía el fallecido al contraer matrimonio. Si le sobrevino después de celebrado el mismo, sí que tiene derecho a la pensión y también si llevaban conviviendo como pareja de hecho un mínimo de dos años incluido el periodo de matrimonio.
Un saludo.
¿Que requisitos se necesitan para ser considerado pareja de hecho y como se puede demostrar?.
En este caso la pareja convivió unos tres años antes de contraer matrimonio.
Con la inscripción en el Registro de Parejas de Hecho, si existe. También con el certificado de empadronamiento puede hacerse, mejor con el de convivencia, o con cualquier documento público que demuestre que existia la convivencia real, por supuesto fechados, cualquiera de ellos, con anterioridad a los dos años.
Un saludo