Aunque se aprobase en junta esa reduccion de cuota atendiendo a su viudedad y escasez economica ese acuerdo puede revertirse por mayoria simple y explicando q esa normativa no existe.
Aunq haya reduccion de cuotas en las electricas o en las empresas de abastecimiento de aguas o telefonia siempre seran de aplicacion particular , consumo medido en el contador correspondiente, y no a la comunidad por lo q a la comunidad no le sera tenido en cuenta y por tanto esos suministros a la comunidad habran de pagarse como se haya establecido a partes iguales o por cuota
Pues sí. Y yo dejándome los web, buscando por internet la normativa. De momento, que lo aporte ella. No, no hay administrador. Es un bloque de 9 vecinos, muy humilde, con las cuentas tiritando y no nos podemos permitir administrador. Compré el piso hace un año y me ha tocado de presi. Revisaré las juntas anteriores, a ver si se acordó en reducir su cuota.
ustedes tienen administrador profesional?
eso se aprobó en junta?
hay viudas que tienen una imaginación increible, digalé que se cante otra y que le demuestre donde figura esa gili.......
Si hay una normativa legal, que la aporte. En esa hipotética normativa, le indicará quien debe abonar el resto.
De momento, lo que ella diga, no sirve de nada.
Buenos días! Me ha tocado la desgracia de ser presidente de la comunidad. Si, ya sé que no me lo merezco. Bueno, al grano:
Tenemos una vecina que paga menos gastos de comunidad (que incluye la luz, limpieza del portal y el agua, ya que es comunitaria), porque ella dice que que hay una normativa legal que establece que las viudas pagan menos que lo que le correspondería.
¿Es verdad? El bloque está en Palma de Mallorca.
Gracias.