Hola, aprobechando esta entrada en el foro me gustaría hacer una consulta relacionada con la pensión de viudedad. Mi marido falleció hace unos años y a mi me concedieron esta pensión de forma integra hasta que su anterior mujer también la solicitó, se la aprobaron y esto hizo que la mía se redujera a la mitad. Entonces la cuestión es, cuando su ex mujer fallezca (es ya bastante mayor por eso planteo esta pregunta) yo tendré nuevamente el derecho a la totalidad o por lo contrario lo que estoy cobrando ahora es definitivo?
Gracias
Por supuestisimo que siendo viuda, puedes realizar actividad laboral ya sea por media o jornada completa y cotizar por ello, pq la pensión de viudad es compatible con cualquier renta de trabajo del beneficiario y con la pensión de jubilación o incapacidad permanente a que el/la mismo/a tuviera derecho. Por tanto cuando te jubiles te compatilizarán tu viudedad y la jubilación en una sola paga, no hay q renunciar a nada. Saludos
Tengo 47 años, mi marido falleció hace 1 año por una enfermedad grave, no laboral. Como pensión me ha quedado casi 700 €/mes. Trabajo relaizando tareas de limpieza en casas particulares, pero en ninguna estoy dada de alta ni cotizo por ello. mi pregunta es: Si me busco un trabajo donde me den de alta y cotice por media o jornada completa, ¿cuando llegue a la edad de jubilación puedo compatibilizar mi pensión de viudedad con la de jubilación? o, por el contario, ¿tendría que renunciar a una de las dos?, ¿cuál de las dos me puedría interesar más?