Muchisimas gracias anton, por la informacion,pero tengo una duda, o sea que puedo ceder el arrendamiento al vecino,sin cobrarle un traspaso solamente el genero y el dueño no percibe nada pero el dueño puede comprarme dicho genero por el precio que abia negociado con mi vecino, osea que el es primero, Gracias de nuevo anton, si puedes darme mas informacion te lo agradesco.
Una cosa es la venta de las mercancias y otra el traspaso. Sobre las existencias o instalaciones no tiene derecho el propietario del local a ningún porcentaje, pero si sobre el traspaso.
Si tienes que cumplir todas las formalidades por que en caso contrario, el arrendador puede no reconocer el traspaso.
Además, recuerda, que el propietario tiene derecho de tanteo.
Hola, otravez, nose si sere un poco pesada,he leido muchos comentarios vuestros, y no me aclaro, volvere a formular la pregunta, puedo ceder el local a mi vecino osea mi puesto de alquiler y venderle el genero, comunicarlo al propietario y sin mas? por aberle vendido todo el genero y no cobrarle traspaso, el propietario me puede pedir alguna cantidad?, os agradesco que me deis una mano. gracias anticipadas
Hola otra vez, bueno soy mallorquina y tego el local en el norte de la isla, concretamente en el puerto de Alcudia, Hay alguien que me pueda informar de algun abogado especializado en estos temas, ya que yo nunca e tenido contactos con estos señores,el contrato que tengo lo hizimos de mutuo acuerdo con el propietario.Gracias nuevamente.
Perdonen tambien soy novata en internet.
Hola, soy viuda a los 63 años, llevo arrendado un local comercial mas de 20 años, quisiera retirarme, he puesto una liquidacion del 50 por ciento del genero, mi vecino que tiene un local ygual al mio me a echo una propuesta de comprarme todo el genero a precio de venta al publico si le cedo el local. esto es posible?. cuanto le pertenece al propietario? Me podria alguno de ustedes dar alguna in formacion, se lo agradesco...