El FOGASA como mucho pagará los topes que tenga establecidos:
-En salarios, 75€ por día, con un máximo de 120 días. En tu caso 90 días, es decir 75x90. OJO que esto es un tope, si el salario diario incluidas las extras era de 57€ por ejemplo, habrá que multiplicar 57x90.
-En Indemnizaciones depende del motivo del despido. Entiendo que si está el FOGASA de por medio tuvo que haber algún tipo de circunstancia "especial" en la empresa.
A. Despido improcedente o nulo, o en virtud del artículo 50 del ET: 30 días por año. En
caso de concurso de acreedores, no paga más de 20 días aunque el despido sea
improcedente.
B. Despidos objetivos y colectivos: 20 días por año.
El resultado final saldrá de multiplicar el salario diario x años trabajados x días de indemnización por año según las circunstancias de cada uno.
Salvo que haya algo que no se ha dicho, el SEPE ahí no tiene nada que decir porque el derecho al desempleo lo tendrá siempre y cuando haya cotizado un mínimo. Y el FOGASA no entiendo por qué tendría que restar nada en el total de las cantidades..
Buenas tardes, quería comentar mi caso, hace 1 año que me despidieron dejándome a deber 3 nóminas más el finiquito. Ha salido el juicio, no se ha presentado nadie excepto FOGASA al que se le ha reclamado la cuantía y está visto para sentencia. Evidentemente después del despido encontré otro trabajo y actualmente estoy cobrando el paro desde hace 1 mes, mi pregunta es ¿FOGASA o el SEPE tienen que descontarme alguna cantidad de lo que se me pague? Si es así, me pueden explicar el motivo, no entiendo si FOGASA no paga la totalidad de lo debido, sino solo una parte, como se va a descontar también parte del paro y del trabajo que encontré después?
Gracias!