Una pequeña observación.
La nueva ley 8/2021 de 2 de junio sobre el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad juridica solo refiere el concepto de tutor para el menor, la terminología en la nueva ley para el caso que nos ocupa es la de curador o personal de apoyo, que contiene una mayor capacidad jurídica y por ello, se garantizará mejor su vida y hacienda. No podemos hablar desde la entrada de esta nueva ley de persona incapacitada que referia la anterior normativa, que a la postre era la muerte juridíca del tutelado/a,
Es normal que la tengan que ver, imagínate que fuerais una familia que la tiene encerrada esclavizada o la escena de peli chunga que se te ocurra.
Aunque esté incapacitada puede ir, igual que la tendréis que llevar al médico o donde sea. Solo si no se puede por algún motivo objetivo (está en UCI o algo así) pues habría que argumentar eso en la respuesta, si no es así y podéis ir, pues llevadla.
Hace unos meses solicite el cambio de tutor ya que mi padre, actual tutor de mi madre , además de la edad, tiene problemas físicos, ceguera por catarata y sordera. Hoy llaman del Juzgado y nos dicen que tiene que personarse en sede judicial para celebración de una visitilla , mi padre tutor actual y mi hermano propuesto como nuevo tutor; pero además que debe personarse la tutelada, tema este muy complicado ya que mi madre precisamente esta incapacitada por temas mentales, ¿Qué me sugerís como respuesta al juzgado frente a la petición de personación en sede judicial de mi madre.