Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Vista medidas provisionales.

7 Comentarios
 
14/06/2006 19:39
Pues me alegro que te haya ido bién; pero a veces los jueces nos hacen volver locas, porque cada uno opina distinto, y no sabes si habrá conclusiones o no.
14/06/2006 17:44
Bueno, pues ya está, hoy ha sido la vista, y al final si que nos ha dado la palabra el juez para formular conclusiones, eso sí, nos ha avisado que lo hiciesemos con brevedad, y como ya había alegado los presupuestos fácticos y jurídicos por los cuales me oponía a las pretensiones de la contraparte lo único que echo ha sido ratificarme en los solicitado en mi primera intervención y precisar o matizar algunas cosas que a mi parecer no habían quedado claras trás la práctica de la prueba.

Un saludo, y gracias de nuevo.
13/06/2006 18:44
Bastante Novata.: Gracias, menos mal que he preguntado antes, si no me habría pasado lo mismo que a tí, porque además creía recordar que en un verbal contra el administrador de una sociedad aplicando la teoria del levantamiento del velo, si que nos dio el juez la palabra para conclusiones.

James Bond, no me digas eso por favor, que no va a hacer caso a lo que yo le diga, que llevo preparandomelo una semana.... y toda la tarde nerviosa por si se me olvida algo. Aunque ya se que lo que podamos decir los abogados en principio y en el caso concreto de unas medidas provisionales, sobre quien es mejor padre o madre, quien debe quedarse con la casa porque es el interes más necesitado de protección, etc... es subjetivo, pero como pruebas que la madre se iba de juerga y dejaba al menor solo en casa?, hasta que llegaba el padre que le tenía que preparar la cena y acostarlo, o que ingresaba el dinero que quería en la cuenta común y el resto nadie sabe donde iba si ella es autonoma?,....... intentaré probar lo que pueda, lo relativo a los ingresos de ambos progenitores para fijar una pensión, la necesidad de liquidar la sociedad ganancial, y lo demás, pues eso seran apreciaciones subjetivas.

Ah, por cierto me has pegado un susto, porque he pensado, nada ahora me toca redactar las conclusiones por si acaso el juez las permite.

Es broma. Un saludo y gracias por la ayuda.
13/06/2006 18:06
Estimado JAMES BOND:

Las conclusiones en una vista, caso de permitirse en un verbal, no se hacen por escrito, sino oralmente. Y lo que se hace en ellas es valorar la prueba practicada en la misma vista.

Un cordial saludo.
13/06/2006 17:51
Con independencia de que quepan o no las conclusiones en un determinado pleito, no os preocupeís, en la gra mayoría de los casos, los jueces no les dan mayor importancia, sobre todo si no son novatos y tienen ya cierta experiencia, dado que saben que no dejan de ser apreciaciones subjetivas de cada parte, y por tanto apenas si le dan importancia y me consta que ni tan siquiera se las leen normalmente.
13/06/2006 10:32
Estimada novatilla 25:

Yo también estoy en una situación parecida a la tuya, y el otro dia tuve un juicio de divorcio, y también creía que podría formular conclusiones y me quedé un poco "parada" cuando ví que después de la práctica de la prueba, el juicio quedó visto para sentencia.

Pues, ya veo que hay que hablar antes.

Suerte!!!!
13/06/2006 09:03
Estimada novatilla25:

Una vez que la parte demandante se ratifica en lo alegado en su demanda, la parte demandada debe contestar oponiéndose a aquello en lo que no está de acuerdo, porqué y, de paso,manifestar sus pretensiones con los fundamentos fácticos y jurídicos en los que se base.

Ten en cuenta que en el juicio verbal no hay conclusiones (algunos juzgados sí las permiten, muchos otros no. Infórmate con tu procurador de lo que se hace en ese juzgado). Por lo tanto, una vez practicada la prueba, se declara visto y no puedes alegar nada más, por lo que deberás aprovechar al principio, cuando te concedan la palabra para que contestes al demandante.

Nadie nace enseñado, no te preocupes.

Un cordial saludo.
Vista medidas provisionales.
12/06/2006 20:22
Buenas tardes, como mi propio nombre indica soy novatilla, he estado dos años de pasante, pero tan solo me dedicaba a hacer las demandas y los escritos, pero no iba a juicio, y el miercoles día 14 tengo mi primer juicio de medidas provisionales.

Si no me equivoco se sigue por los trámites del Juicio verbal, pero como os comento nunca he pasado un juicio verbal, solo juicios de faltas, entonces estoy un poco perdida y me gustaría, si podeis, que me comentaseis un poco el desarrollo del mismo, ya que con la ley en la mano aun estoy un poco perdida. Mi cliente es el demando, y mi principal duda es, si trás alegar el demandante los fundamentos en los que se basa su pretensión, y darme la palabra el juez, que tengo que decir yo?, es decir, directamente paso a explicar en la adopción de que medidas provisionales estoy de acuerdo o nó, con la contraparte y porqué?, o simplemente explico en la adopción de que medidas provisionales estoy de acuerdo con la contraparte y dejo para el final, tras la práctica de la prueba, el explicar y solicitar las medidas que quiero que se adopten y el motivo de la solicitud de las mismas?

Gracias, a quien sea tan amable de responderme. Un saludo, y siento mi ignorancia.