Hola, mañana tengo un juicio verbal, se trataba de un contrato de compraventa de vivienda con precio aplazado y reserva de dominio y uso de vivienda en precario. Total que el comprador lleva 10 meses sin pagar.
Me equivoqué a la hora de plantear el procedimiento y utilice la vía del 250.1 tratándolo como un arrendamiento. El abogado contrario habilmente ha dicho que no se trata de un arrendamiento sino una compraventa. Soy novata, puedo desistir mañana en la vista? Y qué hago? Mil gracias
Sí, puedes desistir, pero el contrario puede pedir que te impongan las costas. Dado que pareces que estás vendida, intenta hablar con el compañero para llegar a un acuerdo, o al menos para que no se oponga a tu desistimiento sin costas. Si la vista no es muy temprano, a lo mejor te sonríe la suerte (el compañero podría evitarse tener que ir al juicio si le abres el corazón) Sí, ya sé que es un poco tarde para eso, pero no tienes nada que perder.
Mil gracias!!!! Menudo bochorno!! Esperemos que no se me echen encima. Porque intentar que su señoría lo convierta en un ordinario me imagino que implanteable, no?
Bueno, lo puedes intentar, de hecho es su obligación, la dificultad estriba en cambiar la petición. No sé exactamente cuál fue el suplico y cuál quieres que sea. Si sólo es una cuestión procesal debe ser subsanada incluso de oficio. De hecho, debió haberse detectado al incoar la demanda.