La única especialidad con un verbal normal es que el cambiario es un juicio "de provocación". Es decir, que habla primero el demandado para contestar o demandar de oposición y después el actor.
La suspensión se puede pedir cuando se tenga certeza de que el testigo no va a acudir, pero habrá que hacerle ver al juez que es de importancia su asistencia y, sobre todo, protestar si acuerda continuar el juicio sin el testigo, a efectos de una eventual apelación.
Muy Buenas a todos, se me presenta mi primera vista y estoy más que pez en el asunto y se me plantean varias dudas, humildemente os pido algo de ayuda. Se trata de un cambiario, aunque por lo que sé las reglas no difieren de un Procedimiento Verbal "normal":
Presenté un escrito señalando un testigo, ¿si éste no se persona puedo solicitar el aplazamiento de la vista? y si es así, cuando y como hacerlo?.
Por lo que se refiere a la vista en sí, agredecería que los que teneis más experiencia me comentáseis cómo se desarrolla la misma en la práctica, ya que yo únicamente he asistido a Juicios Penales.