1.- Si, empezará preguntando el letrado de la administración y tú tendrás turno de repreguntas.
2.- Si. Tendrás que preguntarle si conoce esa pericial, y entonces podrá opinar confrontándola con su propio informe, explicando a qué se deben las diferencias entre uno y otro.
perfecto, me ha quedado claro, muchas gracias compañeros. Ahora tengo otra duda :
-¿si los demandados llevan un perito o medicos para ratificar el informe de la Conselleria Sanidad, yo les puedo interrogar a dichos peritos?
-Yo por mi parte tambien llevare a la vista mi perito, pero ¿le podré preguntar para que opine sobre el informe de los demas medicos que constan en el expediente?
Presenté la demanda de un abreviado en el contencioso administrativo en la que venia reflejado todo y ahora en la vista, despues de fijar los hechos y las alegaciones correspondientes, tengo que presentar copia de la demanda para cada una de las partes y otra para el juez, o solo tengo que presentar del resumen que vaya a decir en la vista oral?