Buenos días,
Tengo un hijo de 30 meses con una mujer de nacionalidad española con la que nunca he estado casado aunque si hemos vivido juntos.
Nos separamos hace un año y me gustaría saber a que tengo derecho en cuanto a visitas/custodia se refiere y qué obligaciones sobre pensión alimenticia/conyugal, teniendo en cuenta que no estábamos casados.
Estamos empezando a tener desacuerdos con respecto a estos temas y necesito saber, en caso de acudir a abogados, qué debo esperar.
La madre vive en Bilbao con sus padres y actualmente no trabaja; yo vivo en Madrid y tengo un salario base de 60k euros/año.
Gracias y un saludo,
David
Respecto a tu ex no tienes ninguna obligación. Si no os ponéis de acuerdo respecto de la custodia del menor, alimentos y visitas, deberás solicitar una demanda de medidas paternofiliales.
Con respecto a esta demanda de medidas paternofiliales, se parte desde la base de fines de semanas alternos y la mita de las vacaciones como si hubiesemos estado casados?
Y en cuanto a llevar a cabo dicha demanda, me podeis recomendar a algun abogado?
En lo relativo a los hijos, no hay diferencias según que los progenitores estuvieran casados o no, pero en este caso, al tener residencia en distintas CCAA, quizás el Juez no estime conveniente un régimen de visitas tan amplio si esto supone hacer viajar al menor.
Me explico. No sé si quieres la guarda y custodia, pero la madre tiene todo de su parte, aunque no trabaje (con el apoyo de los abuelos es suficiente, normalmente).
Si le dan la custodia a ella, para llevar a cabo las visitas uno de los dos debería desplazarse, y por lógica, deberías ser tú quien pasara el fin de semana en Bilbao; ¿Estás dispuesto a ello?.
Asunto distinto son las vacaciones, pues son períodos más largos y no suponen un trastorno tan grande para el niño.
En cuanto al abogado, cualquiera que lleve temas de familia pordrá asesorarte sin problemas. Si no me equivoco, son competentes los Juzgados de Madrid, por ser el último domicilio común de los progenitores, así que puedes buscar a un abogado de tu localidad.
Y para terminar, si me permites, un consejo: especifica lo más posible en la demanda cuáles son los términos de las medidas que solicitas, es decir, qué se incluye en los alimentos, cómo se distribuyen las visitas, quién llevará y recogerá al niño, qué pasa con los puentes o con los festivos que caen entre semana, quién elige y de qué manera se lo comunicará al otro...Tener las cosas claras desde el principio y solucionar de antemando posibles conflictos es muy útil.
Pues el ultimo doimicilio de la familia fue Bilbao aunque el niño nacio en Inglaterra...no se si esto importa.
Yo me vine a trabajar a Madrid en septiembre 2006 ya que en Bilbao era más difícil conseguir empleo y quería pasarle algo más de dinero al mes (le pasaba 200 euros y ahora le paso 400).
La madre es nacida en Bilbao, vive con sus padres y aunque no trabaja actualmente está preparando oposiciones de administrativo; se va a presentar para la zona de Cantabria (después de haberle pedido que intentase quedarse más cerca de Madrid, en Burgos o Valladolid) lo cual hará más difícil que vea a mi hijo.
De todos modos la madre tiene un título de derecho, first certificate, etc cosas que yo no tengo.
en fin, que me dice que de fines de semana nada de nada porque ha apuntado al niño a natación los domingos y de la mitad de las vacaciones que me olvide. Sólo me ofrece ver a mi hijo por las mañanas o por las tardes.
Mañana he quedado con unos abogados y con la APFS porque veo que no me queda otra salida que la legal.
Pues entonces que la APFS te ponga en contacto con un abogado de Bilbao (lo digo por el tema económico).
¿Va a estar el niño en natación todos los domigos hasta que cumpla los 18?, No, ¿verdad?. Las visitas hay que fijarlas de manera racional y con perspectiva, no se pueden determinar por el capricho de uno de los progenitores.
Lo que está claro es que las visitas son tanto para el padre como para el niño, y dado que tenéis el problema de la distancia, deberán adaptarse a esa situación; en mi opinión, quizás los fines de semana alternos sean demasiado, puede que deban lmitarse a uno al mes (pero eso depende de tí), y desde luego, no renunciaría a las vacaciones.
Otra cosa que debes tener en cuenta: desconozco tu edad y situación, pero ten en cuenta que estas medidas te "atarán" mientras el niño sea menor, así que debes pensar también en tí y tu futuro. Con esto no quiero decir que renuncies al niño, por supuesto, pero es algo que los padres deben tener claro: la vida da muchas vueltas y quizás dentro de 3 años ya no puedas cumplir ese régimen de visitas, por lo que deberás pedir una modificación de medidas.
Escribo de nuevo porque ayer estuve con los abogados y con la APFS y ciertamente me han dejado muy preocupado.
Lo primero que me han confirmado es que aunque no hayamos estado casados ella me puede reclamar pensión compensatoria y que la alimenticia suele ser de media el 30% del salario.
Lo segundo que aunque tengamos una sentencia con un regimen de visitas esto no asegura nada y que ella no tiene por qué cumplirlo.
En fin, que no se qué hacer; por un lado no se si vale la pena demandarla sabiendo que no asegura nada tener una sentencia y sabiendo el costo que conlleva.
Pero por el otro lado me niego a simplemente resignarme a no ver a mi hijo.
Lo siento pero la visita a los abogados y a APFS sólo me han creado más dudas y miedo.
En primer lugar, por pedir, puede pedirte la luna, pero eso no quiere decir que se la vayan a conceder.
En segundo lugar, efectivamente, una sentencia no garantiza nada, porque ella es libre de incumplirla, igual que tú, pero ese incumplimiento conlleva consecuencias, lo que no ocurre con la situación en la que estáis ahora. El problema es que mientras no haya una resolución judicial, ambos tenéis los mismos derechos y obligaciones en relación al niño, es decir, tú no tienes por qué pagar alimentos ni ir a visitarlo, ni ella tiene obligación de permitir que lo veas. Es más, tú te lo podrías llevar a Madrid contigo sin ningún problema (legal), así que mi consejo es legalizar la situación cuanto antes.
No sé en qué se basan para confirmate lo de la pensión compensatoria. En mi opinión, no procede, en primer lugar, porque no habéis estado casados, y aunque las parejas de hecho se asimilan al matrimonio, los "romances" no (al menos aquí). Además, ella no te ha reclamado ninguna pensión durante el año que lleváis separados, así que no se justifica la necesidad.Por último, la pensión compensatoria se fija según los años de convivencia y dedicación a la familia, así como la edad y dificultades para acceder al mercado laboral. No sé cuáles son sus condiciones, pero si tiene menos de 40 no veo tan fácil que le den la pensión (aunque por supuesto, la puede pedir).
Los alimentos dependen de tus ingresos y de las necesidades del niño, para saber la cifra aproximada deberías saber cómo funciona el juez que vaya a decidir, proque no hay un criterio unánime, aunque esos 400 que pasas actualmente son un indicio de tu capacidad y disponibilidad económica.
Eres libre de hacer lo que quieras, pero si tu ex te pone problemas, con una sentencia en la mano al menos tienes con qué defenderte.
Hola, me gustaria que me orientaseis sobre mi problema que es el siguiente: hace ya 11 meses me fui del que era el hogar familiar, yo estaba registrada como pareja de hecho y tengo un niño con mi ex que ahora cuenta con 23 meses. El motivo del abandono del hogar fue porque mi ex tiene un problema de alcoholemia, aunque actualmente esta en tratamiento por el mismo, y por motivos de de infidelidad. Nosotros teniamos una casa que era la vivienda familiar y un piso que aun estaba a medio amueblar, pero ya no podia aguantar mas y me fui, informandole de que me iba y de donde iba a estar. Yo quiero un convenio regulador bastante restrictivo por su problema de alcoholemia, que constaria en que las visitas fuesen fines de semanas alternos, solamente por la tarde y siempre en presencia de la abuela paterna. Y con la prohibicion de trasladar al menor en vehiculo algunol. A partir de los cuatro años podria ya pernoctar con el menor y que me aportase justificacion de que sigue sin beber. Ademas de esto quiero volver al que era el hogar familiar porque considero que es el mas adecuado en cuanto a comodidad y espacio para mi hijo. Las hipotecas de ambas propiedades las pagamos por mitad. Mi pregunta es es ¿si no llegamos a un acuerdo mutuo, como suelen tratar los jueces este tema? ¿ Tengo posibilidades de volver al hogar familiar? y por ultimo ¿ Que pruebas le debo pedir para quedarme tranquila de que ya no consume alcohol y quien debe ver estas pruebas? porque claro esta yo no entenderia la terminologia de posibles analisis, etc, que me pueda presentar. Muchas gracias por anticipado.