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Visitas intersemanales

4 Comentarios
 
Visitas intersemanales
29/01/2019 10:24
Desde Mayo 2019 le han dado a la custodia al padre, ya que la madre se cambió de ciudad B por trabajo. La niña tenia 2 años y separando del hermano mayor de 3. Aun no hay fecha para la vista del recurso de apelación.
El regimén de visitas para la madre es de fines de semanas alternos y además EN EL CASO QUE ESTUVIERA en la ciudad A, habria que avisar con 1 semana de antelación al padre para 2 visitas intersemanales. La madre por el trabajo y con la escolarización del hijo de 3 años nunca pudo disfrutar del derecho a visitas intersemanales hasta septiembre 2019.
En septiembre 2019 el padre se translada a la ciudad B a tan solo 15 km del domicilio de la madre, y escolariza a la menor en un centro cerca de su vivienda. Lo que da lugar a una demanda de juridición voluntaria, puesto que el cambio de colegio y residencia de la niña fue sin su consentimiento. La jueza de da " un tirón de oreja" y pregunta a la madre si ella está a favor de que manden a la niña a la ciudad A. La madre acepta a que se quede en la ciudad B pero con la condición de que ambos hermanos estén en el mismo colegio. La jueza nega lo solicitado diciendo que el colegio esta a 15km de distancia.
Desde que el padre vive en la ciudad B, la madre visita a la niña 2 veces a la semana (Martes, Jueves) recogiendo en el colegio y dejando en la casa del padre. Y el fin de semana que toca a la madre (Martes, Jueves y Viernes).
La madre ahora se encuentra con una rotura en el pié, por lo que no podrá ver la niña en la visitas intersemanales, ya que necesita reposo y no podrá conducir. Por lo que estará 12 dias sin ver a la niña.
Mis 3 pregunta serián:
¿La madre está incumpliendo el regímen de visita intersemanal?
¿Y el regimén de fin de semana alternos es un derecho o obligación? (Por si fuera necesitar mas dias, ya que los médicos hablan de 4 semanas de recuperación y con el padre no hay diálogo).
Muchas gracias y buen dia a tod@s!
29/01/2019 15:44
Cilla
Sí, en principio lo estaría incumpliendo. Otra cosa es que haya un caso de fuerza mayor que lo excuse y se notifique adecuadamente, eso siempre y cuando no vivan cerca y pueda ir otra persona a recogerlo.
El régimen de visitas es tanto un derecho como una obligación, depende del lado que se mire; el visitante tiene el derecho a ver a su hijo, y el custodio a tener ese tiempo para lo que quiera, y a la inversa tienen la obligación de cumplir las visitas ambos, de llevarse al menor en un caso y de dejárselo llevar en el otro.
29/01/2019 15:45
Cilla
Por otro lado, según entiendo, viven en la misma ciudad. Aunque no pueda conducir, y aunque no hay nadie (amigos, familiares...) que le pueda ayudar, hay taxis, ¿no?
29/01/2019 16:29
Cilla
Ok. Tiene razón, pero no puedo caminar ni para coger el taxi. Asi que le propuse a que me lo trajera y se lo llevara, y me dijo que a él es imposible.
Yo entiendo que el fin de semana sea obligatorio, pero entre la semana yo creia que era solo un derecho.
Yo no tengo familia aqui, mi familia vive en la ciudad A. Él si tiene su padre, que se vino a vivir tras darle la custodia.

Gracias.
29/01/2019 16:54
Cilla
A ver, hay casos de fuerza mayor que no se pueden prever, y que no suponen la consideración de incumplimiento si se llevan ante el juzgado, si hay una excusa razonable. Si te ingresan en un hospital con un infarto pues no te van a llevar luego a juicio encima por no haber recogido a un menor. Luego ya está la interpretación de si es o no fuerza mayor. Que no puedas ir en muletas y taxi, ni contratar a una canguro, teniendo bastantes días de antelación, pues ahí ya no sé si el juez lo entendería como un caso de fuerza mayor que justifique el incumplimiento o no.