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Visado y residencia

2 Comentarios
 
Visado y residencia
07/04/2013 21:43
Hola. Mi mujer (ella es marroquí) ha entrado a España por primera vez con visado por reagrupación familiar. En la oficina de extranjería de la provincia ya hemos entregado los papeles para obtener la tarjeta de residencia de ella pero mientras se resuelve el expediente tiene ella derecho a permanecer en España o cuando transcurran los 90 días que comnlleva el visado queda en la ilegalidad?


08/04/2013 20:07
Hola. Está autorizada a permanecer en España hasta que le sea expedida la tarjeta, sin que ello implique que se halle en ningún momento en situación irregular (art. 12 del Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero).

En el caso de su cónyuge, la tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión, tendrá efectos desde la fecha de entrada en España en calidad de familiar de ciudadano de la Unión.

El visado es EXCLUSIVAMENTE para cruzar la frontera exterior del espacio de Schengen y solo se expide a los familiares deciudadano de la Unión que por su nacionalidad lo requieren. Durante su vigencia, la persona puede entrar en España y solicitar la tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión.

Un cordial saludo.
09/04/2013 15:38
Otro para ti, Condedecartagena y gracias por tu pronta respuesta. Una última cosa. Una vez que mi esposa tenga la tarjeta de residencia, tanto su hermano como su padre pueden entrar en España con visado y tener derecho a la resiencia?