Hola,soy cubana con nacionalidad española por mi padre que era español,estoy casada con español y resido en España hace 18 años.
Quiero traer a mi madre de 75 años para una estancia menor de 3 meses,como familiar de comunitario,por lo que e leído en real decreto 240/2007 del 16 de febrero,y que es mi duda,cuando habla del familiar que solicita el visado dice ....y acompañen al ciudadano de uno de estos Estados o se reúnan con él.
1º-¿quiere decir que si voy de visita como tengo pensado,puedo solicitarlo yendo con ella?
2º-¿se contempla reunirse conmigo,el vivir yo en España?
En este caso en que solo deseo una estancia inferior a 3 meses,¿cuales son los tramites y papeles a aportar tanto de un lado como del otro?¿que visado tendría que pedir?
Yo le mando hace años dinero a mi madre,pero en cuba el consulado esta negando casi un 90% de visados de todo tipo,y mas aun los comunitarios,y la denegación mayormente por no tener acreditado q vive a cargo de ciudadano español .El problema radica en que no se sabe si el PIB lo miran en cuc moneda equivalente al dolar o en la moneda de mi país que es el peso cubano o en euros, así que eso del 51% del PIB per capita,no lo tenemos claro ,y claro así no se sabe que cantidad tienen en cuenta como valido para justificar que ese familiar vive a su cargo.
Agradecería muchísimo si alguien pudiera aportar algo con respecto al tema del dinero que justifica la mantencion.
mi madre ha venido 2 veces a España por carta de invitación,pero eran otros tiempos,que no exigían medios económicos.
En espera de vuestra pronta respuesta,que agradezco anticipada y enormemente,para poder despejar este mar de dudas que me tiene como loca,les saluda atte,la cubana.
Hola, carycuba:
Si efectivamente se trata de una estancia inferior a tres meses, debes pedir un visado de corta estancia (que no de residencia) para tu madre. Lo que de manera más o menos inadecuada también se llama un "visado de turista". En tu caso, tu madre no es turista, sino que viene a España, por invitación particular tuya, durante menos de tres meses. Si acreditáis documentalmente que ella es tu madre, y tú eres española, NO PUEDEN NEGARTE EL VISADO, a menos que concurran circunstancias excepcionales de seguridad pública, etc. Si vas a ir a Cuba, te aconsejo que vayas con ella al Consulado y solicites el visado con tu presencia física. Siempre ayuda que el Español esté allí y pida el visado junto con el extarnjero... Tendrás que presentar los documentos que indiquen en el Consulado.
Una vez expedido el visado de corta estancia, ya puede venir a España, por período inferior a tres meses. Si después cambiáis de opinión y quiere residir en España, tenéis que solicitar (ya en España) una tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión Europea, si ella depende económicamente de tí (se justificaría con una Declaración Jurada de que ello es así.
Mucha suerte.