A mi hermana le han denegado el visado de turista, la razón" este consulado tiene motivos suficientes para poner en duda su intención de abandonar el territorio de los Estados miembros antes de que expire el visado" Como podría apelar el recurso, que documentación deberia presentar. Por favor pueden ayudarme?? Muchas gracias.
¿Han realizado una carta de invitación? Y pues sería aportar todas las pruebas que acrediten lo que han puesto en duda, como por ejemplo, billete de ida y vuelta, si trabaja el contrato para verificar que tiene que volver por estos motivos,dependerá en la situación que se encuentre....
Tengo otra consulta para usted, es posible que unos de los motivos de la denegación sea la siguiente:
A mi hermana le concedieron el visado por turismo el 2006 con fecha 01/03/2006 al 31/03/2006 , pero ella salió del país de origen el 5/03/2006 y salió de España el 5/04/2006 es decir se quedó 5 días más de lo que había indicado el visado. Puede ser este un motivo que tengan?? Queda registrado en el sistema esta incidencia???
¿Ha viajado en el avión? Pues si pasa por los controles, sí que queda registrado....
Lo que tenía que haber hecho es pedir una prórroga.. o se me ocurre que ahora en el recurso pueden de alguna forma intentar justificar esa demora, acreditando así que "no existen motivos suficientes para poner en duda su intención de abandonar el territorio español"
Tengo un amigo que quiere solicitar la extensión de su estadia en terriotio español, luego de cumplirse los 90 dias que puedes permanecer sin visa, que necesitaria para solicitar dicha extension?
Tal y como lo establece el artículo 32.2 del Reglamento de Extranjería deberá aportar:
Pasaporte ordinario o documento de viaje, con vigencia superior a la de la prórroga de estancia que se solicite, que se anotará en el expediente y se devolverá al interesado.
Acreditación de las razones alegadas para la solicitud, que deberán ser excepcionales, en el supuesto de nacionales de Estados a los que no se exige visado para su entrada en España.
Prueba suficiente de que dispone de medios económicos adecuados para el tiempo de prórroga que solicita, en los términos que establece el título I.
Un seguro de asistencia en viaje con la misma cobertura que el necesario para la solicitud del visado de estancia de corta duración, y con una vigencia igual o superior a la prórroga solicitada.
Las garantías de retorno al país de procedencia o, en su caso, de admisión en el Estado tercero de destino, con anterioridad a la fecha de finalización de la prórroga que se solicita. Podrá servir como medio para acreditar dicha circunstancia la aportación de un billete adquirido a nombre del solicitante con fecha de retorno cerrada anterior a la finalización del periodo de prórroga de estancia solicitada.
Puede ver la información completa en este enlace.
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rd557-2011.t3.html#c1