Me podrian decir sin para que un ayuntamiento inicie los tramites de una solicitud de licencia de obras mayores es obligatorio que el proyecto este visado, o basta que se acompañe a la solicitud una copia firmada por tecnico competente y entregar la copia visada con posterioridad.
si lo único que pretendes es ganar unos días para cumplir con una fecha de presentación sin necesidad de esperar al visado, puedes presentarlo sin visar (en el Ayuntamiento, en Correos o en cualquier ventanilla de la Administración), pero en unos días te mandarán una carta en la que te darán 10 días (ni uno más) para subsanación de errores o complementar la documentación, y entonces tendrás que presentarlo visado
ten claro que no lo tramitarán hasta que esté visado
curiosamente, la inmensa mayor parte de la obra pública se realiza con proyectos sin visado
Luego entonces, puedo entender que la fecha desde la que legalmente se debe contar para los plazos de otorgamiento de la licencia, es la de la presentacion del expediente con la copia del proyecto basico y de ejecucion sin visar?.
el plazo para resolución del expediente quedará interrumpido desde que te solicitan documentación hasta que la entregas, por lo que, de modo aproximado, contará desde que has entregado la documentación completa
otra cosa es que, a efectos de la legislación a aplicar (excepto planeamiento), contará la fecha en que has solicitado licencia, aunque haya sido con documentación incompleta