Hola
para solicitar el visado de mimama la mirar los requisitos que pide el consulado hay uno que es cuentas bancarias, certificado de camara de comercio y otros ya que ella no es ni pensionada de trabaja,el problema es que mi madre es ama de casa y nunca ni a trabajado y en el momento no tiene cuenta bancaria el resto de documentacion la tenemos la carta de invitacion todo solo hace falta este punto, que puedo hacer si mi esposo y yo vamos a correr con todos los gastos de papeles, tiques de avion estancia todos los gastos los estamos haciendo nosotros ella no necesitan ada aqui ya que locubrimos estoy preocupada por que es lo que m e hace falta.
Hola. Lo que sucede es que el contar con una carta de invitación, no exime al extranjero extracomunitario que pretende ingresar en España de acreditar medios económicos suficientes para sufragar su estancia, pues este documento solo sirve para demostrar que la persona tendrá un alojamiento en España, pero nada más. Para cruzar la frontera, se debe contar, si el agente que controla los pasaportes solicita que sean exhibidos, con aproximadamente unos 65 euros por día que se pretenda permanecer y no menos de 570, redondeando, 600 como mínimo. Puede tenerlos en efectivo, cheques de viajero o tarjetas de crédito internacionales junto con el estado de cuenta en el que conste la cantidad máxima de crédito concedida.
En efecto, suele exigirse cuentas bancarias con movimientos, tarjetas de crédito (es más, las tarjetas de crédito tienen un peso enorme a la hora de tramitar visados, no solo para España, sino para otros países; en los consulados de Estados Unidos,por ejemplo, se fijan mucho en el límite de crédito y el movimiento que tiene la persona, incluso muchas veces más que en el salario que gane o en los fondos que tenga en cuentas bancarias) y también, si la persona es propietaria de bienes raíces, esto tiene peso, porque es indicio de que la persona tiene intereses y arraigo suficiente en el país de origen y motivos para volver.
Al ser su madre y no acreditar medios de vida e intereses suficientes en el país de origen, la prolijidad en el estudio del caso aumenta, dado que pueden aparecer, a juicio del cónsul, indicios más que suficientes de que la persona tenga la intención de quedarse en España y no volver a su país.
Si usted tiene la nacionalidad española o es beneficiaria del régimen comunitario por su esposo, tal vez podría usar esa vía, en la cual basta un acta de manifestaciones ante notario, en la cual se expresa la voluntad de que el familiar venga a reunirse con usted y el compromiso de asumir su manutención, al mismo tiempo que exhibe sus medios de vida, porque aquí sí tiene peso el compromiso suyo de mantenerla. Pero en el caso de quien viene solo como turista, la carta de invitación solo sirve para acreditar el alojamiento, mas no exime de demostrar lo demás, porque podrían requerírselo al cruzar la frontera.
gracias, si yo soy beneficiaria del régimen comunitario ya que estoy casada con Español bueno intentare el acta de manifestaciones haber que pasa lo que no quiero es hacer todo esto y que me nieguen la visa, mi mama no tiene interés de quedarse ya que ella tiene su pareja en colombia con l a que lleva mas de 20 años.