Me parece que han decretado auto de prisión provisional contra un amigo mío. Yo por el mero hecho de haber trabajado de funcionario de iipp, estar estudiando derecho, y por haber oído testimonios no solo de este, sino tb de la única hija en común, en relación a antiguas trifulcas familiares, en la que esta (La hija) manifesta que su madre estaba loca, me veo en la obligación de sacarle de este entuerto.
[diario local 24/12/2010] detienen a una mujer después de ver a un hombre sangrando por la cabeza en la vía publica, tras tomar declaración a esta proceden a detener al hombre por PRESUNTO delito de violencia de Genero.
Esto es todo lo que tengo, intentare ponerme en contacto con la hija o el haber si me cuentan que paso.
Mi primera duda es saber si ya habrá caducado el plazo para poner recurso de reforma y apelación contra el auto que decreta la prisión, medida cautelar desproporcionada, y que no cumple con los requesitos del art 503 lecr, es decir desde el día 23 de la detención, cuanto suelen tardar en notificar los autos, a efectos de que empiezen los plazos para recurrir??? Se puede solicitar la comparecencia de la hija ante el juez verdad ??? Lo de violencia de genero, teniendo en cuenta los casos que propone la ley 1/2004(estado de agresión permanente, sumisión, dominación,...),y de otro lado teniendo en cuenta los testimonios de la xavala, no se sale este caso del tipo????
Cual es el animus de la acción??? Testimonio mujer = condena???24.2 ce????paz familiar????