Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, objeto de la ley, art.1.1 :
"La presente Ley tiene por objeto actuar contra la violencia que, como manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres, se ejerce sobre éstas por parte de quienes sean o hayan sido sus cónyuges o de quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones similares de afectividad, aun sin convivencia."
No es que sea de "hombre a mujer", es que la víctima sea mujer. Si no hay lesiones y la víctima no es mujer es lo dicho por lsd2. Si una mujer agrede a otra mujer, puede considerarse delito.
Aunque me suena haber leído hace algún tiempo que algún tribunal lo aplicó a una relación homosexual masculina...pero no me acuerdo con qué fundamento.
Buenas a todos/as, mi duda es sobre la violencia domestica. ¿ Es delito una mujer pegar a su marido ?. Por haberme leido estos articulos del C.P, veo que hay gente que dice que es delito, yo creo que no por lo que he podido leer, ya que este articulo se refiere del hombre hacia la mujer. Ya que un maltrato sin lesion de una mujer a un hombre es una falta. Por favor me gustaria que dierais vuestra opinion. Un saludo