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violencia doméstica

4 Comentarios
 
Violencia doméstica
31/08/2006 11:54
Desearía conocer opiniones de otros foristas en relación al siguiente tema. ¿Se incluiría como violencia doméstica las lesiones producidas por una pelea entre hermanos que no convivien en el mismo domicilio?. Se trata de hermanos, por tanto incluídos entre las personas del art. 173 del CP. La cuestión es relevante, puesto que ante unas lesiones leves, su inclusión como caso de violencia doméstica convertiría una falta de lesiones en un delito, con toda la cobertura que ofrece además la Solicitud de Orden de Protección. He realizado esta consulta en los Juzgados de la ciudad en la que trabajo y me contestan que hay una instrucción verbal de la Fiscalía de la Audiencia Provincial que pide que solo se tramiten como violencia doméstica los casos en los que exista convivencia en el mismo domicilio, pero no lo termino de ver claro, puesto que se trata de una "instrucción verbal"
perfil :)
31/08/2006 12:04
¡¡¡Hola!!!

En mi opinión, y dado que hablas de "pelea", son meras lesiones, no violencia doméstica (incluso aunque convivieren).

Respecto al requisito de la convivencia, en mi opinión ha de concurrir. Ello por el tenor literal del 153.1, que expresamente excluye ese requisito respecto de esposa, ex, o compañera sentimental, o ex-compañera; cosa que no hace en el nº 2, respecto de las demás víctimas.

Espera más opiniones. ¡¡¡Saludos!!!
31/08/2006 12:05
Quizá lo he expresado mal, no una pelea, la agresión de uno a otro de los hermanos.
perfil :)
31/08/2006 12:11
Entonces, entiendo que serán lesiones, sin más, porque opino que es preceptiva la convivencia.
No obstante, espera otros criterios más fundados.

¡¡¡Saludos!!!
31/08/2006 12:41
Javivi45, la coletilla de...... aun sin convivencia creo solo es valida para quien sea y haya sido su conyuge o sobre persona que este o haya estado ligada a el por una analoga relacion de afectividad. por lo que entiendo que el resto de personas a las que hace referencia este articulo deben convivir.
Los hechos en si donde ocurren; ¿en la calle?¿en casa de los padres? me supongo que todo eso habra de valorarse; por que en si el bien juridico que se pretende proteger es la paz familiar, si cada vez que van a casa de sus padres se agreden, existe una habitualidad y aun sin convivencia creo que daña el ambito familiar. no se si te vale de algo pisha, bueno no se un saludo.