Muchas gracias a todos.. Me habéis ayudado mucho. Lo que va a hacer ella es eso.. Presentarse al juicio y decir que somos pareja y luego que no quiere declarar. Yo me presentaré con mi abogada y nos defenderemos.
A mediados de julio tuve un tema de violencia de genero, defendiendo al imputado, la acusacion particular había presentado un escrito de desestimo entro, en el juicio, la fiscal mantuvo la acusacion y se celebro, se interrogo al acusado y despues entro la ex mujer - ya divorciados- y dijo que no iba a declarar ni contestar a ninguna pregunta.
Es cierto que no existían lesiones - en este caso, hubiera sido muy distinto - la sentencia salió sorprendentemente pronto -dos días- y le absolvió totalmente del delito de amenazas que le venían imputando.
Ah y la acusacion particular desistió con mucha anterioridad a la vista.
El fiscal no recurrió la sentencia, lógicamente es firme.
GC76: Estoy 99,999% seguro de lo que te he dicho. Aún sin convivencia te puedes amparar al 416 de la lecrim para no declarar. Pero lo importante de esto, es que no es una facultad que tiene uno (como piensa Katia), sinó que es una question de si ahora SON o NO SON pareja.
ejemplos:
Una persona casada, (que aun no tiene sentencia de separacion) tiene la dispensa del 416.
Una persona divorciada, denuncia a su ex pareja, y tiene la obligacion de declarar! (xke ya nada les une)
Una pareja de 18 años, novios, se pelean, y uno denuncia al otro,
EN EL DIA DEL JUICIO, la PRIMERA PREGUNTA QUE VA HACER EL JUEZ a la persona DENUNCIANTE serà:
Seguiis siendo pareja? Si la persona denunciante dice que NO, està obligada a declarar so pena de falso testimonio.
Si la persona denunciante dice que SI son pareja, esta persona s puede amparar al articulo 416 de la Lecrim i no declarar.
Para Katia:
Esta muy bien lo de retirar las acusacions, però yo no hace mucho, estuve en un juicio, y vi como el abogado particular, en QUESTIONES PREVIAS, retiro la acusación. Que paso luego??? Que el juez pregunto a la denunciante si eran pareja, i dijo que actualment NO! así que tuvo la obligación de declarar! Que paso luego???? Que el Abogado no pudo intervenir xk se havia retirado de la acusación! ENTONCES, y esto te va a servir para aprender, un abogado siempre en estos casos debe retirar la acusacion en fase de CONLCUSIONES, nunca en Questiones previas!
Hola,
El abogado de su novia puede presentar un escrito desistiendo de la acusacion y si el fiscal mantiene la acusacion, que podría ser que no, ya que según he entendido , no hay lesiones de ningún tipo, pero si sigue adelante con el procedimiento, el dia del juicio, acuden los dos, usted declara, negándolo todo y ella desde el principio diga que no va a declarar.
Un saludo,
Aunque reconozco que ahora mismo se me genera una duda, y espero que el resto de foreros me saquen de ella, sin que me hagan tener que buscar la legislación a la que me refiero!!.
- La violencia de género se contempla, para matrimonios y relaciones análogas "aún sin convivencia".
-Sin embargo, según el art. 68 del Cod. Civil "los conyuges están obligados a vivir juntos".
- Por lo tanto.. ¿es de aplicación la dispensa del 416 de la LeCrim., referida a relaciones análogas al matrimonio, cuando no hay convivencia, entendiendo que para que una relación sea análoga al matrimonio, requeriría de esta convivencia?
Hay lo dejo.. y agradecería respuestas. Gracias.
Un matíz importante, el juez preguntara a tu "novia" si actualmente soys pareja, si dice que NO, no està amparada en el articulo 416 de Lecrim y serà su obligación decir la verdad i contestar sobre los echos sucedidos como testimonio de los hechos. Por lo cuál, si lo quereis hacer bien, cuándo del juez pregunte sobre vustra relación dira que SI que soys pareja actualmente, entonces, se atenderá a su derecho a no declarar. Cuando te interroguen a ti, tambien diras que te acojes al derecho a no declarar. Así acabara la sentencia con una absolución al acusado.
Están dispensados de la obligación de declarar, conforme al artículo 416 de la LECrim :
1. Los parientes del procesado en línea directa ascendente y descendente, su cónyuge, o persona unidad por relación de hecho análoga a la matrimonial,3 sus hermanos consanguíneos o uterinos y los colaterales consanguíneos hasta el segundo grado civil, así como los parientes a los que se refiere el número 3° del art. 261.
Vamos.. que perfectamente puede presentarse en la sala, y una vez allí acogerse a su derecho a no declarar.
Buenos días,
Mi novia y yo tuvimos una bronca gorda hace unos diez días.. y yo, con la intención de arreglar las cosas, la estuve agobiando durante 3 días con llamadas (muy mal hecho por mi parte). Jamás la insulto, pero ella coge y me denuncia por acoso. Me detienten, por supuesto, y paso el fin de semana en el calabozo. El lunes en el juicio no cojo el acuerdo que me ofrecian (6 meses de prisión que no cumpliré por no tener antecedentes y una orden de alejamiento de 14 meses creo). Quiero quedar sin cargos y sin atencedentes. Buen oel resultado es un juicio dentro de un mes. Mientrsas tanto tengo orden de alejamiento hasta que se celebre el juicio. Por un amigo se que mi "novia" ha ido a retirar la denuncia esta mañana porque ella no quiere orden de alejamiento ni que se me condene por nada. Ella está arrepentida de haber tomado esa drastica y errónea decisión y quiere que se archive el caso. pero ya no puede así que el juicio se celebrará.
Mi abogada me ha dicho que lo mejor, para que yo gane el juicio, es ue ella no se presente, pero tenemos miedo de una sanción económica. Es así?
Tenemos miedo de que si se presenta, el fiscal le haga preguntas que el juez pueda interpretar como condenables para mí. Puede ella presentarse al juicio para evitar la multa y negarse a declarar?