Mi pregunta es: Si se te acusa por un delito tipificado en el art. 153.1 CP necesaria y automáticamente estamos hablando de violencia de género?. La acusación fiscal lo tipifica así en su calificación penal de los hechos pero luego solo acusa de: "delito de lesiones leves en el ámbito familiar". Alguien me sabría decir si eso es lo mismo a acusarte de un delito de violencia de género.
Esto iría en derecho penal, no en derecho de familia (civil).
Pero sí, el 153.1 es justamente el delito de lesiones en el ámbito de la violencia de género (el 153.2 el resto).