Hola Barcelona. Lamento no estar de acuerdo con el forista DP,pero creo que la demanda de divorcio a tenor de lo establecido en el art 769 de la Ley de Enjuiciamiento Civil " ha de presentarse ante el Juzgado de Primera Instancia del domicilio conyugal. En caso de residir los cónyuges en distintos partidos juduiciales, será tribunal competente, a elección del demandante o de los cónyuges que soliciten de mutuo acuerdo el divorcio, el del último domicilio del matrimonio o el de residencia del demandado."
Recuerda que ahora no es necesario alegar causa alguna( Vg, malos tratos) para solicitar el divorcio o la separación.
Ayuda compañeros, especialmente los que trabajeis en Bcn. He de plantear una demanda de divorcio; en la pareja ha habido denuncia por malostratos, así que entonces conoce el Juzgado de Violencia Doméstica y no el de Primera Instancia. Si la denuncia y las diligencias previas se están llevando por ejemplo por el Juzgado 1 de Violencia Doméstica, la demanda de divorcio la debo presentar precisamente a ése juzgado o genéricamente "al juzg de violen doméstica de Barcelona". Gracias