Me he encontrado correos míos privados con mis superiores en un unidad informática pública con todo mi departamento donde trabajo. Por suerte un compañero mío me avisó que esos correos estaban ahí y los borró. No sé cuántos trabajadores, ni se ahora mismo quien ha guardado esos correos en una unidad pública. Además de eso, los correos se quedan guardados en la copia de seguridad de la carpeta. O sea que si alguien fuese a la copia de seguridad del día en concreto podría acceder de nuevo a los correos.
(No sé si este tema tendría que estar en Derecho Penal).
Me parece una infracción del secreto de correspondencia segun el artículo 81.4 del convenio de oficinas y despachos (https://fedbanca.cgtcatalunya.cat/wp-content/uploads/2020/02/conveni-doficines-2019-a-2021.pdf).
Qué debería hacer? Podría contactar a un périto informático para saber quién ha hecho esa copia de correos? Los del departamento de informática ya saben que los correos están ahí. Según las propiedades de los archivos de correo, el propietario de esos está identificado, y tengo capturas de pantalla que lo muestran. Pero no tengo claro que eso sea una prueba suficiente porque primero el propietario los podría haber creado y luego otra persona copiarlos a la carpeta compartida.
Buenas tardes, violación del secreto de las comunicaciones, reconocido como derecho fundamental en la Constitución, artículo 18. La primera pregunta que se me ocurre, es un correo corporativo, quiero decir facilitado por la empresa, en cuyo caso, la empresa tiene facultades de monitorización y control sobre dicho correo, siempre respetando la confidencialidad de los mismos, y por lo que se ve, éstos han salido a la luz y visionados por más personas de las que correspondiera, violando el derecho de intimidad.Si en su contrato ni en ningún comunicado le han informado de dicha posibilidad de acceder a sus correos electrónicos por parte de la empresa, es una clara infracción, aunque si es un correo corporativo, se supone que ha sido utilizado para la actividad relacionada con la empresa, y por tanto no hay grandes expectativas de afectar a su vida personal. Pues opino, que es relativamente grave, pero que es lo suficientemente, como para denunciarlo ante la Inspección de Trabajo, e incluso sospecho que podría ser denunciable en el ámbito penal, si considera que el visionado o lectura de dichos correos, le ha infligido o le puede infligir un perjuicio cara a futuro, por el contenido de los mismos, y porque supuestamente siguen ahí, en una carpeta sin encriptar, a la que puede acceder muchas personas, que posiblemente, según dice, no tienen ningún derecho porque la empresa no les ha reconocido dicha competencia o función, de monitorizar los correos. Es un caso complejo, no obstante, porque puede tener varias derivaciones, laborales y penales.