Tengo firmado un convenio urbanistico con el ayuntamiento desde 2002, para que se aperturara una calle tomando terreno de mi finca y en compensación mi finca rustica sería recalificada como suelo nucleo rural, cuando saliera el nuevo plan. Ahora se abre el periodo de informacion publica y la finca sigue como rustica. Empieza el periodo de alegaciones, pero creo que tengo todos mis derechos. Que me aconsejan? No quiero correr riesgos. Gracias. Cómo debo proceder?
De entrada, debe tener presente que el convenio suscrito en ningún caso vincula ni condiciona el ejercicio de la potestad de planeamiento municipal, que debe responder en todo caso al interés público.
Por ello, la modificación del régimen urbanístico de su parcela debe responder al interés público en todo caso y, por tanto, no podría exigir al Ayuntamiento que modificase dicho régimen.
Dicho esto, resulta evidente que el Ayuntamiento ha incumplido la obligación a la que se comprometió mediante el convenio y que, por su parte, usted sí ha cumplido con su obligación, ya que cedió un terreno para la apertura de una calle.
Por ello, debería tomar en consideración el régimen previsto en caso de incumplimiento de los términos del convenio, ya que podría prever algún tipo de indemnización.
En todo caso, dado el incumplimiento contractual y el enriquecimiento injusto del Ayuntamiento, la ejecución de la calle (que impide la restitución de los terrenos a su propietario originario), y el daño causado, parece evidente que le asiste el derecho a solicitar una indemnización (que, como mínimo, responda al valor de los terrenos cedidos).
El convenio esta firmado desde el año 2002 cuando se encontraba en fase de revisiom el plan (PGOU).
El convenio esta firmado por el Alcalde comprometiendose a reclasificar la parcela como suelo nucleo rural.
La calle esta hecha desde el 2002, pero el planeamiento recien ahora se aprobara como consecuencia de cambio de leyes y tramites varios.
Actualmente se inicia la fase de alegaciones al plan.
Creo que aclaro un poco mas la situacion.
Este no es el unico convenio que firmo el Alcalde con nuestra familia para la apertura de la calle. Los acuerdos de los convenios establecen la forma de compensar los terrenos cedidos para la apertua de la calle de manera conjunta.
Buenos días, los datos que añade no aportan nada al supuesto dado que resultaba evidente que usted cedió su terreno para la ejecución de la calle, pues en caso contrario carecería de sentido la formalización del Convenio.
Por ello, me reafirmo en las indicaciones que le realicé en mi anterior respuesta, sin perjuicio de la oportunidad de conocer el contenido exacto del Convenio en relación a su incumplimiento.
Hombre, siendo así, derecho a ser indemnizado por el justiprecio del terreno ocupado sin lugar a dudas lo tienes.
Respecto al derecho a la reclasificación del terreno convenida, considero que sin conocer otros pormenores que los explicados es aventurado manifestar una posición teniendo en cuenta que :
Se desconoce la CCAA en la que se desarrollan los hechos. Si en la tramitación de ese convenio de planeamiento fue sometido a información pública. Si fue aprobado definitivamente en sesión plenaria.
Y también, debe considerarse ( como ya se ha indicado ) que un convenio de esas características no pueden condicionar las directrices del planeamiento. Que la Consejería de la CCAA puede invalidar el convenio, puesto que la competencia de la aprobación definitiva de los planes es suya y no del Ayuntamiento.
No obstante, para eso está previsto la posibilidad de presentar alegaciones durante la exposición pública, puedes solicitar del ayuntamiento su inclusión como anexo en la revisión del plan general y, en caso de serte desestimada la solicitud, presentar recurso correspondiente contra la resolución desestimatoria.
No digo que sea este uno de los supuestos, pero los tribunales están declarando nulos los convenios en los que se acuerda reclasificar suelo, a cambio de entregar suelo dotacional.
Obviamente, entiendo que careceis de toda la información sobre este Convenio y sobre sus particulares. Pero el hecho, es que el PGOU estaba ya en fase de revisión cuando el Alcalde lo firma.
Más áun, una de las fincas la recalifica y otras no.
Obras que se compromete en la finca, las realiza, pero faltó la recalificación( debe ser un error)
Lo mas obvio, es que el alcalde de no cumplir se verá inmerso en delito de prevaricación agravado.
Buenos días, como le indiqué anteriormente, no es necesario conocer el contenido del convenio para asegurarle que en ningún caso tiene derecho a la modificación del régimen urbanístico de sus terrenos (clasificación, calificación...), aunque el Ayuntamiento se comprometiera expresamente.
De hecho, la Administración municipal nunca podría comprometerse a ello sino a iniciar y dar trámite a la revisión del Plan General, pues su aprobación definitiva se lleva a cabo por la Administración autonómica. Probablemente éste sea el compromiso municipal.