Hola:
Soy socio mayoritario en un estudio de arquitectura y quiero abrir un organismo de control técnico para hacer auditorías de riesgos en el marco de la contratación del Seguro Decenal de Daños (según Ley 38/1999 - LOE). Ambas empresas deben ser independientes.
¿Puedo figurar como socio (aunque sea con un porcentaje mínimo) en la nueva empresa? ¿Cuándo se consideran vinculadas dos empresas?
Un saludo, gracias.