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vigencia de un contrato tras cambiar la titularidad

3 Comentarios
 
Vigencia de un contrato tras cambiar la titularidad
11/09/2021 17:22
Hola, perdón si pregunto en el foro que no corresponde.

El padre de mis hijos y yo éramos propietarios al 50% de una parcela rústica. En dicha parcela dejamos a mi madre construir su casa para vivir en ella junto a uno de mis hermanos.

Hicimos un contrato privado entre todas las partes que concedía, a mi madre y hermano, el derecho a vivir en esa casa hasta el fallecimiento de ambos.

Hace un par de años, el padre de mis hijos y yo decidimos donar la parcela a nuestros hijos y en esa escrituración no hicimos mención ni de la casa ni del contrato. Simplemente no lo recordamos.

Me gustaría saber si el contrato sigue estando vigente a pesar de haber cambiado la propiedad. O, por el contrario, al cambiar la propiedad, el contrato no tiene vigencia.

Gracias y un saludo.
12/09/2021 10:37
Eso es un usufructo que, como tal, debió constar en escritura pública para estar válidamente constituido. Por lo tanto, al transmitir la parcela (aunque haya sido a título gratuito) también desapareció la posibilidad de los usufructuarios para exigir que se reconozca su derecho. Lo único que pueden hacer su madre y su hermano es reclamar a su esposo y a usted los perjuicios derivados de la extinción del contrato, ya que aunque no era un usufructo propiamente dicho, sí era un título posesorio.
12/09/2021 11:21
Grisolía
Gracias Grisolia

Cuáles son esos perjuicios? ¿me pueden denunciar por engaño?
12/09/2021 12:44
Usted no ha engañado a nadie. Que esa cesión gratuita no fuese otorgada en escritura pública e inscrita en el Registro de la Propiedad no solo es asunto de su marido y usted, sino de su madre y hermano, que debieron concluir diligentemente sus propios asuntos. Todo va a depender de cuál sea la actitud de los nuevos propietarios con respecto a esta situación, y cómo acabe la cosa. El perjuicio siempre se evaluaría en el caso de que sus parientes se vayan a la calle, y puede ir desde exigir que les busquen nuevo acomodo hasta que les compensen económicamente por la regla fiscal del valor del usufructo no consumado. Quizás no hagan nada. Espere a ver.