Hay una regla más o menos básica en estos casos, si la avería se produce dentro de tu casa, lo que sería el aparato tuyo y la conexión, pagas tú. Si la avería se produce fuera de tu casa, paga la comunidad.
Si el monitor de video se estropeó porque fallaba el aparato o la conexión que estaba en tu casas, pagas tú, si falló por la conexión al sistema general, paga la comunidad
Debes saber cuál fue el problema y tendrás la solución.
Lo que depende de la comunidad es la instalación, no el aparato individual en sí, si han estado pagando los comuneros estos aparatos particulares pues muy bien, pero esto es particular.
Las ventanas de su casa son suyas, pero no puede cambiarlas por otras, ya que rompe la estética, acaso por ello le tendría que pagar la comunidad la nueva ventana.
Cae por su propio peso.
No tengo constancia de que la averia del equipo instalado en mi piso haya ocurrido anteriormente, pero sí de que todas las averias que ha habido en el sistema de video-portero las abonó la Comunidad.
Mi pregunta basicamente es: ¿existe alguna ley que trate de este tema, o es una decisión de la Junta de propietarios?, porque parece ser que en unas Comunidades de Vecinos se considera un servicio comun y en otras no.
Personalmente yo entiendo que es un servicio común, ya que yo individualmente no puedo mandar a reparar dicho aparato, ni cambiarlo por otro, puesto que forma parte de un conjunto de todo el edificio.
Muchas gracias por su contestación.
En mi comunidad, durante los 16 años de funcionamiento, los gastos de reparacion del video-portero siempre los ha abonado la comunidad de propietarios.
Hace 3 meses en mi vivienda se estropeo el monitor de video y avisé a la presidenta, que mando a revisar la instalacion. Dicha reparacion exigía el envio de este equipo a la fabrica, por lo que el operario pregunto que quién abonaria la factura correspondiente, se le indico que consultase con la presidenta y esta le dijo que "lo abonaría la comunidad".
Cuando se recibio la factura, a la presidenta le pareció mucho y dijo que debería pagarlo yo, puesto que era un aparato situado en el interior de mi piso.
En la siguiente junta de propietarios, a la que no pude asistir se acordo reclamarme el importe puesto que "se me habia adelantado el dinero". ¿es correcto esto y debo abonarlo?