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Vida laboral

2 Comentarios
 
12/06/2003 22:46
Estimada Nines.
La Ley que regula la Seguridad estipula que es obligación del empresario dar de alta y el abono de las cuotas de la seguridad social.
Si el empresario no da de alta al trabajador este puede solicitarla de oficio a la TGSS.
Los TC2 documento acreditativo del pago de las cuotas empresariales tiene que abonarlo la empresa y presentarlo sellado en la entidad bancaria correspondiente donde tenga domiciliada su cuenta , de modo que es la entidad la que abona las cuotas a la TGSS, estos TC2 van con el sello de la entidad bancaria lo que acredita que ha sido presentado en tiempo y forma oportunos. Va una copia para la SS y otra para la empresa , con lo que si se produjeron esos ingresos quedará constancia.
Si ha sido asi y ha sido un error de la TGSS al cotejar datos tienes derecho a presentar un recurso administrativo ya sea alzada o reposición ante la TGSS y reclamar la inclusión de esos datos.

Te recomiendo que le pidas al empresario copia de los TC ingresados así como del alta en la SS para cerciorarte de la verdad de lo que te dicen
Saludos
12/06/2003 10:58
El tema está muy claro. Si puedes demostrar con el justificante de la empresa de haber pagado las cotizaciones, la Seguridad Social debe incluir ese período como cotizado en tu vida laboral. No entiendo porque no lo hace.

Dirígete de nuevo a la S.Social e insiste en que la empresa ha justificado el pago y deben arreglartelo.

Saludos.
Vida laboral
11/06/2003 11:11
Hola a todos: Tengo un pequeño problema a ver si me lo podeis solucionar por que la verdad es que en la Tesoreria de la Seguridad Social no me dan ninguna solucion. El tema es que en mi vida laboral me falta la cotizacion de una empresa de un periodo de 1 año y medio, he hablado con la empresa(CARREFOUR) y me han remitido una carta que ellos enviaron a la Seguridad Social alegando que ellos adjuntaban los justificantes de pago de ese periodo para que tuvieran a bien modificarlo. El caso que he vuelto a la Seguridad <<
Muchas Gracias