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Vida laboral y subsanación de errores

21 Comentarios
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Vida laboral y subsanación de errores
23/08/2018 19:41
Tengo 65 años, siempre he trabajado como autónomo.

Tras solicitar la rectificación de mi vida laboral, porque no aparecen casi 8 años de cotización, me han dicho que haga un escrito. Así lo he hecho, lo he entregado en la TGSS, del lugar donde resido actualmente. Me han dicho, que lo enviarán a Madrid (lugar que expidió la vida laboral de 1999) y que me darán contestación en el plazo de 90 días o silencio adminisrativo, pero ya me han hecho saber que no hay nada que hacer.

Me comentan varias cosas:

1. Que probablemente al ser un documento muy antiguo, pues probablemente la oficina de la TGSS ya no existará, lo que complica todo.

2. Que a ellos les consta una alta de oficio, o algo así, que sería probablemente por una inspección. Yo no tengo constancia de ninguna inspección, ni ningún alta de oficio. ¿Es de suponer que debería haber sido informado, o haber firmado algo? O hay que creer, si o si,lo que la TGSS dice. ¿O cómo pueden demostrarlo?

3. Dicen que cuando digitalizaron la documentación, algo pudo pasar. Se puede saber en ¿qué años sucedió esta digitalización?, ¿Puede haber habido alguna equivocacíon de algún empleado, o del mismo sistema informático?

Acompañando a la carta, he adjuntado una vida laboral de 1999, que me dió la TGSS (cuando estaba tramitando el permiso de residencia) y justo son esos años, que entonces me reconocían, los que no aparecen en la vida actualmente.

Quisiera saber:

a.- ¿En qué año se digitalizaron los documentos de la Seguridad Social?
b.- Tengo derecho a solicitar el expediente completo con toda la información que consta de mi persona en la TGSS?.
c.- Si pasado los 90 días, contestan desestimando o por silencio administrativo, ¿Cúanto tiempo tengo para presentar el Recurso de Alzada?
d.- Después, ¿Qué otras vías me quedan?, porque ya me han dicho que me dirán que no al Recurso de Alzada, también.

Les agradezco su atención y su tiempo. Muchas gracias, espero puedan ayudarme, porque me siento muy indefenso, sobre todo cuando desde el principio me dicen que me van a a decir que no a todo.
26/08/2018 11:45
Gemar
Hola. Como ya tienes 65 años de edad, yo acudiría al INSS (previa cita) y solicitaría información sobre tu jubilñación para el mes siguiente ( ojo ,no hay que pedir la jubilación que es muy distinto).Pide además que como existen errores en tu informe de vida laboral, que envíen la solicitud de informacióna a la central provincial. Te constestarán al cabo de un mes, más o menos. En la carta te indicarán la pesnión bruta que te quedaría y además aparecerá el total de años cotizados. Yo no me enrredaría más con la Tesorería, pues lo que te comuniquen no hay recurso al tratarse únicamente de información.Saludos.
27/08/2018 13:34
Expertolaboral
Muchas gracias por su respuesta. El problema es que al no reconocerme, los 8 años, que me faltan en la vida laboral, no puedo jubilarme hasta los 67 años y 10 meses, porque ahora mismo, sólo aparecen 12 años y pico cotizados, es decir no llego al mínimo de 15 años, para poder jubilarme.

Ya se la pensión bruta que no llega a los 300€, porque lo veo en la web de la seguridad social, con el sistema clave. Por eso ha sido el motivo de las preguntas de mi primera consulta. Si pudiera ayudarme se lo agradecería. Muy amable y muchas gracias..
27/08/2018 17:48
Gemar
Hola Gemar, yo soy administrativo en la TGSS, y aunque ya no me dedico al tema que planteas, si te puedo decir que yo la información que he dado siempre es la siguiente:
Si el periodo está pagado, te le encontraremos, si no no hay nada que hacer. En 1 mes aproxidamante, si se lo encuentran, le será enviada una vida laboral. Los períodos problemáticos son hasta los años 70, JAMAS he visto que se recuperara nada anterior. Pero recuperar periodos de los años 60 y 70, SIEMPRE QUE EL EMPRESARIO LOS COTIZARA, está a la orden del día. SUERTE.
27/08/2018 18:36
Espuertas
1. Una última cuestion: Yo tengo una vida laboral, de 1999, donde se me reconocen 8 años de cotización, sellada por la Seguridad Social. Si en aquella fecha, estaban registrados como cotizados, ¿porqué ahora no valen?
2. Entonces ¿usted no me recomienda recurrir, ni ir a contencioso.administrativo?

Muchias gracias por su inestimable ayuda.
28/08/2018 10:07
Gemar
Hola. ¿ Cuándo has cumplido los 65 años?. ¿Actualmente estás trabajando y cotizando? Por otra parte, perdona que insista. Yo acudiría al INSS y solicitaría información sobre tu posible jubilación. Si , en el INSS, apareciesen más de 15 años cotizados, te contestarían que no puedes jubilarte por no tener actualmente 65 años y 6 meses, y por ello, si fuese así te podrías jubilar en dicha fecha., o si los cumples los 65 años y 6 meses el año que viene, en este caso la jubilación sería a los 65 años y 8 meses. Si no te aparecen los 15 años en el INSS, de entrada lo tienes difícil, pues el informe del año 1999 no serviría como prueba y por tanto deberías aportar la documentación acreditativa del trabajo realizado ( nóminas, sentencia judicial, boletines de cotización si fuiste autónomo, etc). Si tuvieses dicha documentación, podrías pedir cuando cumplas la edad reglamentaria y después tras la denegación recurrirla y presentar demanda ante el Juzgado de lo Social. Saludos
28/08/2018 11:26
Gemar
Muchas gracias de nuevo.

Cumplí los 65 años, el 10 de julio. Sigo cotizando como autónomo. En la vida laboral dice que llevo cotizados 12 años y 9 meses, aproximadamente, por lo que no podría jubilarme hasta el 2020.

Creía que la información de la vida laboral sería la misma en la TGSS que en el INSS. Si no es así, acudiré al INSS como usted me dice y solicitaré la infromación sobre la posible jubilación. Muchas gracias.

¿Porqué no sirve el informe de 1999 como prueba, si es de la TGSS?. Es la única documentación que tengo. ¿No sirve para la Seguridad Social o no sirve para un juicio?

¿He de entender que si demando a la TGSS sería contencioso-administrativo y si por el contrario demando al INSS es por lo social?.

Muchísimas gracias, por su amabilidad y profesionalidad.
28/08/2018 21:12
Gemar
1/ Aunque desconozco si la vida laboral vale en un juicio, lo que está claro es que es un documento que ha emitido la TGSS y es indicativo de algo. Yo apuesto a que te recuperan esos años sin abogado ni nada, vete a la TGSS y pide una rectificación de vida laboral. Un incidente común, no sé si será tu caso, es que una misma persona, antes de los actuales filtros de la informática, tuviera más de un Número de Seguridad Social, y se formarán "líos administrativos" en ese sentido (forma parte del trabajo "de investigación" a realizar por el funcionario, si hace bien su trabajo. APORTA LA VIDA LABORAL QUE TIENES Y NO SE TE PONDRÁN DE PERFIL.
2/ Te aseguro que INSS y TGSS extraen los datos del mismo fichero, cosa diferente es que el INSS puede dar por cotizados períodos, según el caso concreto (servicio militar, trabajo en el extranjero...) que nunca aparecerán en la vida laboral de la TGSS.
29/08/2018 11:44
Gemar
Hola. Al cumplir los 65 años en julio-2018, te podrás jubilar en marzo-2019 si tienes 15 años cotizados. Por tanto espera hasta octubre-2018 ( dentro de los 6 meses anteriores a la jubilación) para acudir al INSS a pedir información. Pide que dicha solicitud de información la envíen a la central provincial, dado el lío del informe de vida laboral. Te contestarán aproximadamente al cabo de un mes. Sería conveniente que aportases el justificante del servicio militar pues para el período mínimo de 15 años cotizados, computa el servicio militar. Si hiciste 15 meses de servicio militar ( deberás acreditarlo mediante certificado de Capitanía General) y si no apareciesen los 9 años, te podrías jubilar el mes de julio-2019.
El informe de vida laboral del año 1999 solo tiene valor informativo y por tanto no sirve como prueba en un juicio y por ello tampoco puedes recurrir a la vía contenciosa. ¿ Los 9 años los cotizaste en el Régimen General o en el de Autónomos?. Como dice Gemar es posible que tengas dos números de seguridad social. Compruébalo. Si fuese así tendrías muchas posibilidades de jubilación en marzo-2019.
De lo contrario, si no tienes dos números de afiliación y esos años están cotizados en autónomos, lo tienes muy difícil si no tienes los boletines de cotización de aquellos años.
De momento no es necesario que acudas a ningún abogado.Saludos
03/09/2018 20:32
Gemar
Gracias por su respuesta.

Yo he trabajado en España con permiso de trabajo y residencia, desde 1989, porque era extranjero, con un número de NIE. Hasta 2005, no obtuve el DNI. Toda la vida he trabajado como autónomo y sigo haciéndolo.

1. Como puedo comprobar si es posible que existan dos números de afilización a la seguridad social distintos, por que lo que si está claro es que a partir de la fecha que obtengo el DNI, es cuando empiezan a aparecer los años cotizados en la Seguridad Social, en la vida laboral.

¿Es posible que tuviera un número de seguriad social antes de hacerme español y otro después de obtener el DNI?, ¿Dónde lo puedo comprobar?

2. Si voy por el INSS, puedo llegar a juicio por lo social, no entiendo porque dice que un informe de vida laboral emitido por la propia seguridad social, no sirve como prueba.

Le agradezco su amable respuesta.
04/09/2018 08:25
Gemar
Hola, Gemar. Respondo a tus preguntas.
1. En cuanto a la primera, te animo a conseguir una vida laboral. Sencillamente, con eso, podrás comprobar cómo todas las cotizaciones están volcadas al mismo número de Seguridad Social, aun cuando las primeras estuvieran realizadas con un número NIE. Es un caso normal, no te preocupes. Así y todo, es verdad que a veces por causas diversas hay personas con dos números de afiliación. Si tú eres una de ellas, y en la vida laboral, no se comprenden las cotizaciones efectuadas al otro número de seguridad social, vete a la Tesorería General de la Seguridad Social y diles que te unifiquen ambos números de SS, para que las cotizaciones efectuadas a los dos números, te aparezcan en una única vida laboral.
2. Eres libre de ir a juicio. La vida laboral, tengo entendido, que refleja las PERMANENCIAS, lo que no siempre coincide con cotizaciones efectivas. En cualquier caso, es competencia de la Tesorería General de la Seguridad Social, no del INSS.
04/09/2018 20:50
Gemar
Hola. Si guardas el primer informe de vida laboral donde constan los 8 años primeros de cotización, en el encabezamiento verás tus datos personales y entre ellos constará el número de afiliación. Si después haces lo mismo con el informe de vida laboral actual, podrás comparar tus datos personales y por tanto podrás ver si el número de afiliación en ambos informes de vida laboral es el mismo o son distintos.
Mi consejo ,repito, es que , en octubre-2018 cuando te falten menos de 6 meses para cumplir los 65 años y 8 meses, acudas al INSS y pidas información sobre la jubilación en marzo-2019. Te contestarán mediante carta informativa. Si te dicen que te puedes jubilar, perfecto. Si te dicen que no puedes jubilar por no tener los 15 años, de momento no tienes que hacer nada. Ahora bien en marzo-2019, podrías pedir la jubilación y tras la denegación, acudir a un abogado. Espero que no sea necesario. Saludos
20/10/2019 02:03
Gemar
Saludos.
Mi problema es que, según consta en el informe de vida laboral, tengo un total de 36 años y 9 meses de permanencia en alta. Esto, unido a que tengo 65 años, supondría que me podría jubilar en el presente año 2019.
Sin embargo, y a la vista de mi historial de cotizaciones, esto no es así porque, según consta en ese documento, el periodo de tiempo cotizado es inferior al que consta en vida laboral. Y esto es así porque en el citado historial no constan 644 días cotizados en desempleo parcial, insisto, que SI CONSTAN EN VIDA LABORAL.
De tal manera que, a la vista del informe de vida laboral, me podría jubilar ya mismo, mientras que el historial me dice que tengo que esperar aún 8 meses.
Creo que todo emana del mismo problema, al no haber tenido en cuenta el historial de cotizaciones esos 644 días en los que fui beneficiario de una prestación por desempleo a tiempo parcial.

Ruego opiniones y sugerencias, por favor.
20/10/2019 02:30
Lupos
Olvidé decir que esos 644 días, también constan como cotizados en el informe individual por periodos anuales , con sus correspondientes bases de cotización.
20/10/2019 12:30
Gemar
Hola. Si estás trabajando, acude al INSS y pide información sobre tu jubilación para el día 29-11-2019 y que dadas las discrepancias, que envíen la solicitud a la central provincial. Te contestarían antes de un mes y sabrás la cuantía bruta de tu jubilación.
Si estás en el paro puedes pedir directamente la jubilación y si en el INSS constasen los 644 días te aprobarían la jubilación al 100 %.Si no alcanzases los 35 años de cotización no te reconocerían la jubilación.
Saludos.
04/07/2020 03:01
Hace 7 años pasó una inspeccion por la empresa fuimos a juicio y la empresa me reconocio 4 años ante inspeccion de trabajo los cuales me tuvieron sin asegurar,mi sorpresa es que en sepe figuran los años cotizados de esa empresa pero en la TGSS pone fecha de alta 2007 y fecha de baja 2011 y el recuadro de dias cotizados en blanco en cambio si consta los dias del paro correspondiente,en definitiva que no se porque no me los cuentan,total que me ponen 3 años y deberisn ser 7 si me sumaran los de inspeccion,que hago?,gracias
04/07/2020 03:47
No me he explicado muy biem al final queria decir que en vez de tener 7 años cotizados en el informe de vida laboral me constan 3 porque en el recuadro que hay de esa empresa en el informe laboral esta en blanco el apartado de dias cotizados en cambio si pone 2007 de alta y 2011 de baja,hoy me he dado cuenta despues de tanto tienpo porque estoy tramitando la RAI y curiosamente me ha dado por mirar en la web de seguridad social
04/07/2020 17:38
dani3675
Hola. Si conservas las Actas de Liquidación que efectuó la Inspección de Trabajo así como la resolución de la autoridad laboral de tu comunidad autónoma confirmando las Actas, no hay problema. Consérvalas. Por otra parte podrías intentar acudir a la Tesorería con dicha documentación a fin de que te rectifiquen tu informe de vida laboral.
Saludos
05/07/2020 03:04
Sorpresa en mi informe de vida laboral:
Fecha de alta 15/10/2007
Fecha efecto de alta 16/11/2011
Fecha de baja 15/11/2011
dias cotizados ( no pone nada)
estos 4 años fueron reconocidos por la empresa ante inspeccion de trabajo y de hecho yo cobre mi finiquito correspondiente y mi paro que en el informe de vida laboral constan los dias cotizados del paro correspondientes a esos 4 años anteriores que curiosamente me salen en blanco en el apartado de dias cotizados,no lo entiendo,ruego respuesta gracias,aclaro la fecha efecto de alta fue el dia que me dio de alta inspeccion.luego demandé ante inspeccion,y cuando la empresa me dio el despido ante el juez CEMAC en oficina de empleo,me correspondio con el finiquito de esos 4 años y cuando arreglé el para en INEM me constaban los dias cotizados de esos 4 años que tambien estan cuando miro en ultima prestacion en SEOE ,porque ahora despues de tanto tiempo no figura en mi informe laboral?
07/07/2020 19:05
dani3675
Hola. Es problema técnico del programa de la Tesorería ,pues al darte de alta el 15-10-2011 ,el programa no acepta el tiempo anterior. Son muy importantes las Actas de Liquidación para acreditar los años trabajados cuando los necesites.
Saludos