Sería bueno, guardando su intimidad, nos diera a conocer su caso concreto al objeto de aleccionar a posibles casos que se presenten a nuestros lectores y poder comprobar como se comportan nuestros jueces en todos aquellos casos de propietarios que se sientan agraviados por abusos de nuestros administradores y de los caciques que les apoyan; recuerden, en la mayor parte de esas personas que se deciden a demandar son carne de cañon por una serie de imponderables que tienen su origen en la acusada insolaridad de los compañeros de portal,los administradores lo saben y por eso, de las reuniones a lo que se escribe en las Actas va un abismo, se miente miserablemente y en el mejor de los casos se ocultan las cosas importantes; de esto, los jueces ni quieren saber ni leen las razones del demandante, cuando se va al careo, la decisión ya está tomada, lo han elaborado "los aparejadores del asunto" que buscan siempre, lo primero, cualquier fallo de fechas, documentos no presentados o cualquier concepto que justifique la siempre vara de medir ; y la ley de propiedad horizontal se la pasan por el forro, no digo que lo hagan todos pero sí la mayoría...... el demandante sobre cosas de dinero tiene el 95% de probalidades de perder.......
Pues no está sol@, estoy teniendo disgustos a punta de pala, entre ellos por una incompreesible sentencia que dió alas al sujeto, en una comunidad donde todos pasan de todo mientras unos mamandurrios han encontrado el negocio del siglo mangurrineando todo a su antojo. Se saltan la LPH cuantas veces se les ocurre, hacen lo que les viene en gana y no pasa nada, faxes, burofaxes y ni velas negras les hace moverse un ápice, se sienten amparados mientras nosotros no. Es lo que hay y mientras esto no cambie mas vale que se relaje que es lo que estoy intentando yo, me acuerdo de sus mamás, les deseo cositas para sus familiares y me parto y me mondo de la risa, eso si, ellos mangándola de continuo y llevándoselo crudo.
Parece que se lo sigue pensando, ?es tan difícil dar una opinión sobre este tema¿ Mire amigo/a ; la presidenta se escabullo cuando su obligación con el cargo que representaba era hablar conmigo y con la comunidad; el administrador cometió una gravísima decisión de suplantar la demanda haciendo recaer sobre su persona que jurídicamente no esta permitido, me consta que lo hizo a espaldas de la comunidad y su dirección lo que me choca es como las jueza exigió a trámite ésta suplantación e hizo muchísimas más cosas en contra de nuestra ley; me viene al recuerdo el día de los autos cuando me acerque al juicio señalado y me encontré charlando animosamente a la jueza, el supuesto representante de la comunidad(el administrador) y el abogado que eligió para representarle, que dicho sea de paso es un propietario moroso de nuestra comunidad, daban muestras de estrecha camaradería y cuando pasé delante parecía un gusano; en ese momento se me pasó por la imaginación, casi siempre acierto, "UNION DE RABADANES, OVEJA MUERTA." y acerté? la vista fue un autentico fiasco, un presunto ladron acorralado debidamente arropado y se salió con la suya , hoy ya no está, para marchar fue debidamernte protegido por los caciques colaboradores, sin dejar rastro, permitiéndole hacer desaparecer las documentación ,e tienen aprisionada la Comunidad
Hola; Se trata que, en las demanda que práctiqué contra la Comunidad de Propietarios donde vivo, la jueza se inventó un escritoa mi abogada exonerando la participación obligada que mi demanda estaba establecida contra la citada comunidad en nombre de la presidenta; esto fué excluido a conveniencia de la primera inventándose una milonga que mi representante tragó; el juicio como demandado recayó en la figura del administrador bien arropado por un picapleitos de los bajos fondos que vertió sobre mi una serie de mentiras y descredito sobre mi sin precedentes,la broma me costo del orden de 3000 euros ,no apelé porque llegué al conocimiento que la justicia en manos de ciertas sujetas está podrido. Todo paso; ahora solo quiero saber porqué la jueza permitió inhibir la figura de la presidenta contra lo establecido ya que según la ley el administrador no tiene facultades para representar a en la comunidad en un juicio y también permitió que la presidenta se escabullo del asunto cuando suficientes sentencias del tribunal supremo exige que para ello debía haber convocado una asamblea y recibir el respaldo de los asistentes para hacer frente a mi demanda.
Hay que ver lo desagradable que es su pregunta que no hay despacho de abogados que se ofrezca a responder ni aún ofreciendo usted el pago de los servicios
Entiendo que ésta posible respuesta del foro bien vale un dinero; me gustaría contactar con un bufete de abogados y me diesen ésta específica respuesta previo pago de su importe.Gracias
Vicisitudes en un proceso judicial a raiz de un impugnacion lph
Hola ; Soy completamente profano al tema en el que he entrado; me caracterizo por una persona que ha efectuado una demanda judicial sobre una comunidad de Propietarios a quien reclamo malas artes del administrador y perjuicio economico en las cuentas..
En su día procedí contra la citada Comunidad, en la figura de su presidente; en los primeros contactos mi abogado demandante me informó que el presidente de la Comunidad a la sazón en aquella fecha se inhibía de representar a la Comunidad por razones que desconozco; mi abogado acusador recibió un escrito del Juez notificando esta contingencia, pero ordenó que a pesar de ello el juicio hubiera lugar, en su representación el administrador de la Comunidad. He perdido todo contacto con todos, el juicio se celebró y la broma me costó del orden de unos 3000 euros; me consta que hubo un montón de irregularidades por todos los bandos, entre ellos el juez, que tenía muchas ganas de propinarme un escarmiento, razón, motivos económicos que desoyó expresamente, a pesar de estar a cubierto de los pagos a la Comunidad como es precedente; al cabo de los años ha costado a determinados propietarios de la comunidad del orden de unos 60000 euros que nadie sabe por donde andan.
Luego me he enterado que hay jurisprudencia en el Supremo que ningún representante de una Comunidad puede entablar un juicio si no se le faculta expresamente para este caso, tomado acuerdo previo y aprobado en Asamblea, hay matices que me gustaría conocer como debe ser el procedimiento inicial y quienes son las personas que intervienen.Gracias