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vicio oculto?

4 Comentarios
 
Vicio oculto?
11/06/2010 14:33
Buenas tardes,

El pasado 23/03/2010 vendí el coche de mi esposa a un particular.
El coche se matriculó en Enero de 2001 y lo adquirimos en Junio de 2005 en un compraventa y el cuenta Kms. marcaba unos 30.000 aunque en el contrato de compra-venta no se reflejaba nada sobre los KMS.
En las dos revisiones de ITV que hemos pasado se puede comprobar que en los cuatro años que lo hemos tenido le hemos hecho 10.000 KMS.

En el contrato de compra venta que hemos hecho entre particulares, hemos informado los KMS que tenia registrados en el marcador (53.000)

Acabo de recibir una llamada del comprador, diciéndome que se le ha roto el embrague y que me va a denunciar porque le han dicho que el cuenta kms está trucado y que tenemos que pagarle la reparación porque considera que el coche tenia "un vicio oculto"

Mis preguntas son:
Si a un coche con 9 años se le rompe el embrague dos meses y medio después de haberlo vendido ¿ es esto un vicio oculto?
Si fuera verdad que el compraventa manipulara el marcador, ¿es responsabilidad nuestra esta circunstancia?

Les agradecería su consejo y si debemos o no de llegar a un acuerdo y pagar la reparación o dejar que nos denuncien.

Muchas gracias
14/06/2010 01:36
Pues verá señor Ilde, le doy mi inexperta opinión al respecto, así que informesé a ciencia cierta de lo que le expongo no obstante:
-según tengo entendido el plazo para responder de la venta de coches cambió con la última actualización de la ley, y el que vende responderá durante un año.
-si usted compró el coche con el ánimo de hacer una reventa(revender y lucrarse-son las dos características que diferencian la compraventa mercantil), responde tanto del saneamiento por evicción como por vicios en la cosa(regulado en el código civil y proccede cuando la cosa tiene unos defectos que la hacen impropia para el uso que se la destina. Si los efectos disminuyen la cosa de forma que de saberlo el comprador no la hubiera comprado o hubiese dado menos precio por ella es tb defecto por vicios, imponiendose por el 345 del código de comercio la obligación del vendedor en toda venta mercantil a favor del comprador, salvo pacto en contrario; así como el 342 del c de c que le impone la obligacion al comprador de reclamar los vicios de la cosa vendida-con la previa comunicación del comprador. Así el vendedor siempre responde de los vicios ocultos aunque ignorase su existencia. Si no estan ocultos no.
(1461código civil tb le obliga al saneamiento de la cosa).
Con respecto a su segunda pregunta acerca de si tiene usted la responsabilidad deberá usted probar que la manipulación del cuentakilómetros era completamente desconocida por usted y que nunca calibró tal error de kilometraje, debiendo probar que fue el anterior propietario vendedor el que modificó y trucó el cuentakilometros(en el caso supuestisimo de que así fuese y se encontrase el cuentakilometros trucado). No obstante, eso del "me dijeron que el cuentakilotros está trucado,...", ya me lo conozco yo (jejeje) y deduzco que puede ser una mera artimaña audaz para hacer un poco de opa en usted y obligarle a que le arregle y repare el embrague, cosa que mucho me temo deberá de tocarle inexorablemente, no obstante aquel al que le vendió deberá probar la segunda cuestión sobre la manipulación del cuentakilómetros(cosa que ya le reitero, si fuese usted, lo pondría en duda).
Espero estar en lo acertado lo que si me temo, como ya le digo, es que o hay datos que ignoro o le va a tocar a usted la reparación del embrague del dichoso vehículo, aunque no se si cabría la posiblidad de probar que éste señor comprador hizo un uso abusivo o hizo un mal uso del coche, así que ya reto a algún jurista experto que escriba si por mediación de perítos puede ésto ser probado.
un saludo
14/06/2010 19:28
Gracias por tu opinion, no obstante tengo entendido lo siguiente:
La Ley para responde de la venta de un vehículo obliga solo a los profesionales de la compra venta, que no es mi caso, yo no compré el coche con ánimo de lucrarme, sino de utilzarlo particularmente y a los cuatro años lo he vendido por menos de la mitad que me costó.
Cuando lo compré, tenia algo más de 30.000 KMS y por la antigüedad que tenía (4 años) no desconfié de los kms que marcaba. Le he pasado las dos ITV en la misma estación en 2007 y 2009 a en la ficha técnica me ha registrado los kms correctamente, por ello no sé porque me dice el comprador que el contador está trucado, en todo caso si lo está es evidente que no ha sido estando bajo mi propiedad.
En relación al embrague, cuando yo le entrego el coche funcionaba perfectamente y le di la opción de llevarlo a un taller para que comprobara cualquier anomalía y según el artículo al que haces referencia 342 del CC el comprador tiene 30 dias para reclamar, y ya ha pasado mas de 70 días te adjunto el artículo:
Artículo 342.
El comprador que no haya hecho reclamación alguna fundada en los vicios internos de la cosa vendida, dentro de los treinta días siguientes a su entrega, perderá toda acción y derecho a repetir por esta causa contra el vendedor.
De todas formas en el contrato que hicimos y firmamos, el 23 de Marzo, recogimos que salvo dolo o mala fé por mi parte en la ocultación de vicios ocultos, el compraodr me eximía de cualquier responsabilidad.
Pero siempre quedan las dudas que planteaba
No sé si es correcto mi planteamiento

Gracias
15/06/2010 03:40
Con todos mis respetos creo que está usted equivocado, que me corrijan si no estoy en lo cierto pero la ley no obliga solo a los profesionales de la compraventa.
Si como usted dice no lo compró para revenderlo y lucrarse quizá debería de hacer éste tipo de cuestiones en el foro de derecho civil, pues entiendo que usted no se encuentra ante una compraventa mercantil, sino ante una compraventa civil, y por consiguiente no podrá alegar el plazo de prescripción de la reclamación del 342 del código de comercio que son 30 días.
El código civil establece un plazo por el que se responden de los bienes muebles creo de un año, sino son dos(en google podrá usted consultarlo), no obstante al ser dispositivo admite la excepción de iuris tantum, de pacto en contrario, como así bien lo tiene usted recogido en su contrato.
La evidencia como usted dice, de que no ha manipulado o trucado el cuentakilometros, tendrá que probarla llegado el momento en el caso de que éste llege, pues la buena fé se presume y tendrá que probar el primero que el cuentakilometros está manipulado.
15/06/2010 20:42
haciendo caso a su recomendación he encontrado en Google distintos foros en relación a este asunto y bienen a coincidir con la siguiente afirmación:

LEY 23/2003, de 10 de julio, de Garantías en la Venta de Bienes de Consumo

Esa ley solo se aplica a ventas realizadas por "personas físicas o jurídicas que, en el marco de su actividad profesional, venden bienes de consumo"

Entre particulares, rigen estos artículos del Código Civil:
1484 1485 1486 1487 1488 1489 y 1490

Este último dice lo siguiente:

Artículo 1490

Las acciones que emanen de lo dispuesto en los cinco artículos precedentes se extinguirán a los seis meses, contados desde la entrega de la cosa vendida.

Por otra parte en el 1485 dice lo siguiente:

Artículo 1485

El vendedor responde al comprador del saneamiento por los vicios o defectos ocultos de la cosa vendida, aunque los ignorase.

Esta disposición no regirá cuando se haya estipulado lo contrario, y el vendedor ignorara los vicios o defectos ocultos de lo vendido.

En este caso estipulamos en el contrato, que salvo en caso de dolo o mala fé por mi parte, quedo eximido por parte del comprador de cualquier reclamación por avería o vicio oculto.
No ha existido dolo no mala fe, pues le entregué el coche en perfecto funcionamiento y le ofrecí que lo llevara a cualquier taller y si no estaba conforme le devolvería el dinero.
Por curiosidad he consultado en las contratos de Garantías que de forma particular, se pueden contratar con algunas Aseguradoras para vehículo usados y en todas se excluyen los elementos de desgastes y expresamente entre otras piezas el embrague. Por todo ello encuentro fuera de lugar la reclamación que me hacen.

No está de acuerdo?