1.- Las personas extranjeras extracomunitarias, una vez que finaliza el período para el cual fueron autorizadas a permanecer en España, si no han solicitado la prórroga de estancia antes, se hallan en una situación de SALIDA OBLIGATORIA. Esto significa que deben abandonar territorio español, al no disponer ya de título alguno que legitime su permanencia en él (art. 28.3.c de la Ley de Extranjería, en concordancia con el art. 24 del Reglamento de la Ley de Extranjería). Cuando se halla en esa situación, el extranjero dispone de 15 días para abandonar territorio español. Si se marcha voluntariamente, no será objeto de prohibición de entrada y eventualmente, podrá volver a ingresar en España, siempre y cuando cumpla con los requisitos establecidos para el efecto.
Si la persona no efectúa la salida obligatoria en el plazo establecido y continúa en territorio español, estará cometiendo una infracción administrativa, por permanencia irregular, por la que se puede incoar un expediente administrativo sancionador que puede finalizar con la imposición de una multa y eventualmente, valorándose la gravedad del caso, en una orden de expulsión.
NOTA.- Las aerolíneas, con todo, suelen efectuar controles, ya que corren riesgo de ser multadas por transportar pasajeros sin documentación en regla.
2.- Gibraltar forma parte de la Unión Europea, como Territorio Británico de Ultramar, pero tiene un estatus especial y en todo caso, sigue la misma condición que el Reino Unido, encargado de sus relaciones exteriores. Por tal motivo, Gibraltar, aunque parte de la Unión Europea con estatus especial, no forma parte del espacio de Schengen, por lo que sí hay controles para ingresar en su territorio. Si usted cumple con los requisitos para ingresar en territorio de Gibraltar, en su caso, solo pasaporte en vigor con una fecha de validez de al menos 6 meses posteriores a la entrada, podrá ser admitida.
3.- Si se casa en Gibraltar y tiene su certificado literal de matrimonio, tiene que hacerle colocar la Apostilla de La Haya y hacerlo traducir al castellano por traductor jurado, para que lo presente en la frontera española, en el caso de que le llegasen a decir algo al momento de solicitar ingresar en España.
4.- Cuando regrese a España, ya podrá solicitar su tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión, ya que se habrá casado con un ciudadano de la Unión en un territorio que está bajo soberanía de un Estado miembro de la Unión Europea.
Buenos días:
Soy estadounidense y vivo en Barcelona con mi novio inglés en situación irregular. Hemos decido casarnos esta primavera en Gibraltar (por el tema del idioma, los documentos, etc.) y tendremos que viajar (supongo que cogeremos un avión) de Barcelona a Málaga para coger un autobús hasta Gibraltar. Hablé con el gobierno de Gibraltar y me dijeron que como me casaría allí, no tendría problema para cruzar la frontera. Sin embargo, estoy muy preocupada por el viaje a Málaga. ¿Es posible que tenga problemas con los controles dentro de España? ¿Me pueden impedir que coja el avión si traigo un papel que dice que me voy a casar?
Me preocupo de que me vayan a parar y no llegue a la boda.
Si me pudieran dar algunos consejos, lo agradecería.