Hola. Puede consultar el documento a partir del cual se le ha contestado, es el Convenio entre el Principado de Andorra, el Reino de España y la República Francesa, relativo a la circulación y estancia en el Principado de Andorra de nacionales de terceros estados, hecho en Bruselas el 4 de diciembre de 2000. Se puede consultar en la siguiente ruta:
Hola. En general, el Principado de Andorra no exige visado a NINGUNA nacionalidad, ya que, al ser un país que vive fundamentalmente del turismo, está abierto a todas las personas que quieran visitarlo. Pero existen formalidades para ingresar en él:
Para poder ingresar en Andorra, los nacionales de Estados miembros de la Unión Europea solo necesitan pasaporte en vigor o documento de identidad.
Los nacionales de Estados no miembros de la Unión Europea, necesitan los mismos requisitos que necesitarían para ingresar a Francia o España, ya que necesariamente tendrán que atravesar por el territorio de alguno de estos países para ingresar en Andorra y luego, necesariamente, tendrán que volver a ingresar en alguno de ellos al salir de Andorra, es decir:
A) Documento de identidad, en el caso de ser suficiente para ingresar a España o a Francia (por ejemplo, países como Mónaco, San Marino, Suiza, cuyos nacionales pueden ingresar en España solo con el documento de identidad).
B) Pasaporte en vigor, si es necesario para ingresar a España o a Francia.
C) Adicionalmente al pasaporte en vigor, visado, en caso de que, por la nacionalidad de la persona, se le exija visado para ingresar en el Espacio Schengen. De ser este el caso, el sujeto debe, además, contar con un visado Schengen multientrada (ya que entrar en Andorra es salir de la Unión Europea y del Espacio Schengen y cuando se salga de Andorra, necesariamente habrá que volver a entrar en la Unión Europea y Espacio Schengen).
Le paso la ruta hacia la página web del Ministeri d'Afers Exteriors del Principat d'Andorra:
En cuanto a España, el control de las fronteras internacionales está a cargo de la Comisaría General de Extranjería y Fronteras, del Cuerpo Nacional de Policía. Puede ponerse en contacto a las siguientes señas:
CUERPO NACIONAL DE POLICÍA
COMISARÍA GENERAL DE EXTRANJERÍA Y FRONTERAS
C/ General Pardiñas, 90
28006 - Madrid
(Madrid)
Tel.: 913226840
Fax: 913226842
El eventual problema no sería entrar en Andorra ... sino volver a ingresar en España al regreso, si hubiese un control de pasaportes exhaustivo, como el ordenado expresamente hace un par de años, que formó colas de hasta tres kilómetros en el paso fronterizo.
En el caso de la joven canadiense, solo le basta el pasaporte en vigor para ingresar en España. Pero, una vez dentro de España, está sujeta a la normativa de Extranjería, como cualquier extranjero extracomunitario (por tanto, a los límites de permanencia).
Con todo, el extranjero extracomunitario que se encuentre en España en situación irregular, pero sale voluntariamente, no es objeto de sanciones, ni de prohibiciones de entrada. Pero, al mismo tiempo, existe una limitación para la estancia de un extranjero extracomunitario: no más de 90 días por semestre, bien ininterrumpidos o bien en suma períodos, si bien, también es posible solicitar una prórroga de estancia, aunque para ello, es necesario que el extranjero no tenga todavía caducada la autorización de estancia prístina ( y la prórroga tiene también un límite temporal, no puede ser una prórroga de estancia indefinida).
En el caso que usted propone, se da en la persona la circunstancia adicional de no disponer de un documento de viaje válido y en vigor...en esas circunstancias, es posible salir de España, sí, pero no volver a entrar y tampoco ingresar en Andorra, ya que ambos países exigen un pasaporte en vigor para el ingreso en su territorio. Un documento que certifica que un pasaporte está en proceso de renovación, no implica, por sí mismo, la renovación del pasaporte ( y, desde luego, no exime al extranjero del cumplimiento de la normativa de Extranjería del Estado en cuyo territorio se encuentra). Los Consulados extranjeros acreditados en España, expiden este documento a efectos de que sus nacionales puedan identificarse y efectuar gestiones ante autoridades españolas ... pero por sí solos no comportan una renovación del pasaporte caducado, que por eso mismo, no puede seguir siendo utilizado como documento de viaje (de lo contrario, simplemente, le habrían estampado en el pasaporte una diligencia de prórroga de sus efectos, como se acostumbraba hace ya muchos años o si precisaba volver a su país y no podía esperar a la renovación, le hubieran expedido un salvoconducto o documento análogo).
Hola a todos!
Gracias de antemano, pero necesito una respuesta lo más urgente posible, ya que mañana van a cobrarme un viaje que no se si podré realizar.
Mi tema es el siguiente; mi novia es canadiense, está de forma ilegal en españa, y queriamos viajar a andorra.
ella sólo tiene el pasaporte, pero ahora se lo está renovando y tiene un papel de la embajada que lo confirma, en fin, sólo tiene el papel.
queriamos saber si podemos viajar a andorra y volver a españa sin problemas en la aduana, o nos van a poner algún problema, incluso no dejarla entrar a españa???