Hola, me gustaría saber si alguien puede ayudarme. Soy funcionario de un Ayuntamiento, y promocioné de grupo, por ello pedí los tres días hábiles que recoge la Disposición Adicional Quinta del Decreto 364/95.
Una vez que había disfrutado dichos días, empece a continuación mi periodo de Vacaciones anual que había solicitado meses antes.
En mitad de mis Vacaciones, recibo por burofax una nota interior del Concejal de Personal, donde me dice que el Decreto alegado no existe, y que por ello me descuenta tres días de Vacaciones.
Todo ello sin Resolución en forma de Decreto, simplemente con una nota interior, ni tampoco expediente sancionar, descontándome por su cuenta tres días de Vacaciones, mandanadome la notificación el mismo concejal, no realizandose por el Secretario municipal, no existiendo Decreto de resolución, sin audiencia, ni plazo de alegaciones, ni mostrando los recursos que puedieran proceder, creando indefensión.
¿Cópmo lo veis?, ¿es una vía de hecho, tanto formal por la ausencia de procedimiento, como material por incompetencia de las medidas adoptadas?.