En mi comunidad, que venimos de engaños y falsedades y metidos en denuncias con la promotora, a la hora de votar y por delegaciones votan gente que si viven en el edificio y que son afines a dicha promotora, pero creemos que no son los verdaderos propietarios de los apartamentos, por lo que intencionadamente estan falseando los acuerdos tomados o condicionando al aunar alguna que otra mayoria, que ahora mismo tenemos que creer.
¿Seria legal pedir en junta escritura de propiedad o nota simple de sus propiedades? ¿Pueden negarse a este requisito propuesto al unisono, por el presidente y administrador o tiene por el contrario que aprobarse en junta por unanimidad o mayoria? o por el contario ¿Bastaria con declaración jurada que es de su propiedad?, os ha pasado esta circunstancia alguna vez.
Buenas tardes papino, por obviedad desetimo esta sugerencia ya que tendria que justificar el pago como presidente de 67 notas simples del Registro de la Propiedad, hecho este que podria hacerlo siempre y cuando se apruebe en Junta o pagarlo de mi bolsillo, que no veo logico. Lo que yo preguntaba y pregunto que posiblemente no se haya entendido es: "Se puede pedir al pleno de la comunidad en junta, que los propietarios aporten nota simple de la escritura de compra y autentificar su condición de propietario, bien total o parcialmente del bien, significando que en casos de titularidad compartida, deben presentar ante la junta delegación del voto en la medida del porcentaje que ostente. Si es legal esta perticion y esta avalada por alguna jurisprudencia o soportada por alguna ley. Quiero haceros mención de que en mi comunidad ostentan apartamentos la promotora que hemos denunciado y personal afin a sus negocios inmoviliarios con dudosa legalidad, que es a lo que me lleva ser tan cauto y que mis reflexiones esten avaladas y contrastadas legalmente. Gracias
Discúlpeme...en alguna consulta inmediatamente anterior a la suya hablaban de solo 6 comuneros y, por error, trasladé ese número a su consulta.....obviamente 67 notas a aprox 6 € c/u es una inversión en tiempo y dinero que no merece la pena.
Prinicplamente en Junta constituyente es costumbre presenterse y solicitar nota simple o BASTA mera fotocopa del encabezamiento de la escritura de compraventa a fin de adverar esas titularidades....estimo que puede trasladarse a su Junta esa solicitud e incluso, porqué no, exponer en junta directamente esa sospecha y exigir la identificación de asistentes....Ilegal NO es, desde luego.