Gracías Tripoli,
Creo que lo que dices es el único mecanismo.
Aunque como ya está citado el demandado, seguramente habrá que pagar costas.
Un gran saludo.
Compañeros, quiero haceros una consulta, haber qué opinais..
Me llega un cliente que previamente presentó demanda de monitorio en reclamación de cantidad que le debía una SL, en ella demanda a los administradores en vez de a la sociedad. El caso es que éstos presentan oposición. El cliente se olvida un tiempo, y ahora recibe citación para juicio verbal.
Como entiendo que debió demandar a la sociedad deudora, y estando citados para la vista verbal, mi cliente y las personas físicas (administrador), qué mecanismos podría utilizar para cambiar al demandado, no debió ser el administrado sino la propia sociedad. ¿cómo cambio ahora al demandado?
Un saludo