Voy a interponer una demanda ejercitando la acción de indemnización por daños y perjuicios derivada de responsabilidad civil contractual en un tema de acciones de banca.
El capital a reclamar es menor a 6.000 euros, por lo que entiendo que debería ir por los trámites del verbal.
Al ser acciones y haber componente de condiciones generales de la contratación, no sé si debería ir por ordinario, aunque sea la cantidad inferior a 6.000 euros; aunque realmente la acción no es sobre condiciones generales de la contratación, sino sobre daños y perjuicios por responsabilidad civil contractual.
¿Podríais confirmar que debe seguir los trámites del verbal?