Ten en cuenta que vas a ser tu quien debe acreditar que existe la relación contractual y que has realizado tu parte de la misma produciéndose el devengo de tu derecho. Recuerda que las facturas que hayas aportado e incluso el presupuesto, si es el caso, pueden ser suficientes para entablar el monitorio pero no para acreditar la deuda en el juicio verbal (deberás llevar correspondencia cruzada, si existe, y toda aquella que acredite el cumplimiento, testigos, etc...) Tal y cómo te han negado la deuda te puedes encontrar que el día de la vista defiendan que no te conocen, que no te contrataron, que no hiciste tu parte, etc... todo ello debrás acreditarlo tu.
Por supuesto, ya que se sigue el procedimiento normal del juicio verbarl, y en el acto de la vista se practican las pruebas con las que los litigantes hacen valer sus pretensiones.
asunto: monitorio al que se oponen con un escrito sucinto, alegando el demandado que no se debe ninguna deduda, y no se aporta documentación agluna. Se admite el escrito y se señala vista de juicio verbal. Puede el demandado aportar en el acto de la vista documentos que acrediten la no existencia de la deuda?
gracias