Hola a todos. Tengo que contestar un verbal en el que represento a una comunidad de propietarios demandada por el arrendatario de un localpor unos daños. Dos dudas: entendéis que el plazo de prescripción es de un año? Yo entiendo que si...
Y otra, ahora que me toca contestar, el demandante ya no es arrendatario del local. Podria alegar falta de legitimación activa? Se supone que s eran unos daños en la pintura del local que el arrendatario no arregló, y además reclama para sí indemnización por la pintura ( a precio de sangre de unicornio) que nunca llegó a efectuar y otra cantidad para la reparación del cuadro de contadores, que supuestamente es el sitio desde donde se filtra el agua. Cómo lo veis? Gracias por todo.