Aunque no aportasen el contrato, si hay boletas con firma o PIN le podrían reclamar al menos el principal (no así los gastos o comisiones que figurasen en el contrato, no firmado, en todo caso el interés del precio legal del dinero, que suele ser muy inferior a los tipos de demora que cobran los bancos). El problema para el banco es que, aunque su cliente admitiese haber hecho esas disposiciones, si no firmó el contrato no hay unas cláusulas a las que atenerse, por lo que entonces su cliente no estaría sometido a unos plazos concretos para haber devuelto ese dinero, y sería cuestión de negociarlo.
Si su cliente niega la deuda, habrá que ver que más medios de prueba puede aportar el banco:
-si no hay contrato firmado;
-si no hay boletas;
-¿se supone que le enviaron la tarjeta y el PIN por correo? ¿o la recogió en al oficina, en cuyo caso sería muy raro que no hubiera firmado el contrato?
En Marzo tengo vista de un verbal, donde la entidad financiera reclama dueda superior a 3.000 euros de una tarjeta de credito. En los documentos aportados muestra extracto.
Pero en ningún momento aporta el contrato inicial donde se contrato dicha servicio, ¿es posible que deba pagar solo con el extracto??