Buenos dias, mi pregunta es la siguiente:
He adquirido una planta baja con patio trasero, el edificio se compone de un primer piso y de la planta baja, se dividio horizontalmente formando los citados departamentos, se rige por la LPH.
El problema es que el piso superior tiene un ventanal que mira a mi patio trasero, y claro, resulta bastante molesto que puedan verte constantemente, ademas, en mas de una ocasion han caido objetos a mi patio desde este ventanal.
Que se puede hacer?? puedo exijir su cierre?? o en su defecto que se levante su altura del suelo a fin de no permitir la vista a mi patio??
Gracias por las respuestas
Un saludo
El patio, sera de luces y ventilacion, y por lo tanto elemento comun, por lo que usted no puede exigir el cierre de las ventanas, ya que es el unico sitio por donde pueden ventilas las estancias que den a el.
Usted, probablemente, solo tiene el uso del patio a nivel de su propiedad, pero en su altura tambien le pertenece a la vivienda superior.
Lexis, gracias por sus comentarios.
El patio es un patio trasero, no de luces. Es decir, el solar mide 125 m2 y tanto mi planta baja como la planta piso tienen edificados 100 m2 el resto (25 m2) es mi patio de tierra a nivel de la calle.
El titulo constitutivo de la division horizontal, divide las dos plantas como "vivienda en planta piso 1º... de X m2..." y "vivienda en planta de x m2... con patio de x m2..." por tanto entiendo que el patio de comunitario no tiene nada, sino solamente la edificacion.
Esta aclaracion modifica su opinion??
Gracias y un saludo
Olvide decir que el piso tiene un patio de luces interior para su uso exclusivo, es decir finaliza a la altura de la planta baja (es mi techo direccto) solamente la ultima habitacion del piso es la que tiene su ventanal mirando a mi patio.
Un saludo
Si la edificacion de dos plantas, se construyo en un solar de 125 m2., ese resto de 25 m2 de patio trasero es comunitario, no suyo. Usted solo tiene el uso a nivel de su vivienda.
Si la licencia del edificio de dos plantas, se dio con la ventana del piso superior, abierta a dicho patio, no tiene derecho a exigir su cierre.
Salvo mejor opinion.
Ciertamente, si esas ventanas están abiertas legalmente, es decir, constan en el proyecto para el que se obtuvo licencia o bien las abrió el anterior dueño de la totalidad del edificio (antes de proceder a la división horizontal), pienso que poco se podrá hacer por cerrarlas.
Ahora bien, si las ventanas las ha abierto el dueño actual del piso sin obtener permiso del anterior propietario de la planta baja, tal vez tengas alguna posibilidad.
De todas formas tú al comprar la casa pudiste ver que esas ventanas estaban ahí, por lo que en cierta forma consentiste.
De cualquier modo un toldo o un tejadillo parcial del patio te evitará las vistas directas sobre el mismo.
Agradezco vuestras respuestas, parecen logicas.
No obstante, un amigo me ha dicho que conoce un caso de una finca en la cual se hicieron cerrar via judicial las dos ventanas que daban al patio del vecino de abajo, se trata de un caso parecido al mio, hoy mismo he ido al registro civil y he pedido una nota registral de la anotacion marginal de esta finca, a partir de esta nota podre conocer mas datos, numero de expediente judicial, fecha de la sentencia, y a partir de lo que averigue sabre a que atenerme.
Si interesa el tema, escribire lo que vaya conociendo.
Un saludo