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ventanas abiertas a mi propiedad

1 Comentarios
 
Ventanas abiertas a mi propiedad
24/08/2012 18:16
Buenas tardes, por avor podeis informarme sobre lo que establece el codigo Civil en los art. 580, 581 y 582. Intentaré explicarme: vivienda heredada de mis padres y que desde hace muchos años permitieron abrir tragaluces que son más grandes de lo permitido. Tambien se quedo dentro de mi propiedad una ventana de aproximadamente de un metro por un metro que antes daba a la calle y que el ayuntamiento rectifico la anchura de la calle y quedó dentro de propiedad con vistas a la escalera de entrada de la calle al patio. Por favor podeis decirme que puedo hacer para quitarlas y si no se puede limitar sus dimensiones. Gracias
31/08/2012 12:46
Hola
Los preceptos que indica se refieren a la servidumbre de luces y vistas, sobre todo entre dos propiedades. Pero si existe una vía pública entre ambas no se aplican tales criterios. En ese caso y si lo que pretende realizar es una modificación de la fachada debe solicitarlo en el ayuntamiento y en su caso autorización de los vecinos en propiedad horizontal.
si necesita ayuda, consejo o cualquier escrito puede contar con nosotros.
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