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Ventana sin licencia

4 Comentarios
 
Ventana sin licencia
12/04/2005 19:40
Hace un año compre un piso en el que se habia hecho una ventana en la fachada sin licencia de obras hace mas de 4 años. Como tenía que hacer obras la reforcé con vigas, la amplié y cambié los marcos. Actualmente la comunidad de vecinos quiere denunciarme para que se tapie completamente. Tengo el informe de tasación que verifica que esa ventana ya existía cuando la compré. ¿Alguien me puede explicar que es lo que me puede pasar? y cuales son los pasos que debería seguir
13/04/2005 23:48
una demanda por via civil no creo que pueda prosperar porque se trata de una infracción urbnística. Por ese mismo motivo es imputable la sanción que corresponda según la legislación de tu comunidad. Ahora bien, dependiendo también lo que diga esa legislación es posible que el acto constitutivo de infracción, o sea abrir el hueco de la ventana, haya prescrito pero corre de tu cuenta el poder demostrar que la ventana se abrió hace el tiempo necesario para que haya prescrito. Si finalmente te obligan a cerrarla estudiaría la posibilidad de demanda civil al que te vendió el piso suponiendo que sea el mismo que abrió la ventana. Lamento no poder ser más preciso, pero es que en este país hay una ley de urbnismo por cada comunidad autonoma y no en todas las infracciones prescriben en los mismos plazos.
17/04/2005 18:59
Bueno, no quiero crear polémica pero mi opinión es que civilmente si puede prosperar la denuncia. Como bien dice Alejandra, la ventana está en la fachada y no se permiten modificaciones de fachadas sin la autorización de la Comunidad de Propietarios, así que la Comunidad puede ir contra ella en defensa de sus intereses de conformidad con lo previsto con la Ley de Propiedad Horizontal.

Además, añade que la ventana ha sido modificada con respecto a la primera, así que urbanísticamente se parte de cero a efectos de infracción urbanística, porque la obra ejecutada no era simplemente cambiar marcos de la anterior, como indicas.

Si no hubieras modificado nada, de algún modo podrías declinar la responsabiliad contra el anterior propietario, pero ahora la responsable de esta nueva modificación eres tú.
17/04/2005 22:00
Me sumo a la respuesta de ESLA en lo referente a que SI puede prosperar la via civil.
17/04/2005 23:56
ESLA, crear polémica nos enriquece a todos, no te cortes.
Rectifico mi opinion respecto a la vía civil y entiendo que SI puede prosperar por aplicación de los preceptos de la Ley de Propiedad horizontal, pero eso legitima a alejandra C para repercutir la acción al que le vendio la vivienda también por vía civil. No obstante creo que es mucho más probable que la comunidad de vecinos tire por la vía administrativa ya que la infracción urbanística existe y esta tiene un coste muy bajo ( presentar una instancia denunciando la infracción) respecto a la via civil en la que tendrán que contratar a un abogado.