cuando compre mi casa que esta en el centro de la parcela y que no poseia ningun tipo de vallado a mi parcela daba una ventana de la casa que esta justo al lado, en la escritura dice que no tengo ningun tipo de servidumbre. En principio por no fastidiar al vecino no tapamos la ventana que daba a nuestra propiedad ahora van a hacer 5 años y las cosas estan mal con los vecinosquiero hacer un cuartillo que taparia 10 centimetros su ventana ¿tienen ellos algun derecho adquirido?
Que no tengas servidumbre en contra de luces y visdtas no quiere decir que no debas soportar la ventana del vecino, todo depende de la distancia de dicha ventana.
No se si me voy a equivocar pero el código civil señala unas distancias, creo que no se puede construir a menos de 3 metros si no hay servidumbre.
luego es interesante que veas si esa servidumbre es positiva o negativa, pero de todas formas creo que 5 años en ninguna de las dos categorias es suficiente para adquirir el derecho