Hola, quisiera saber donde puedo denunciar de manera anonima a un vecino que ha creado una ventana sin permiso y que gracias a dicha obra han aparecido grietas porque la finca es muy antigua. Donde lo puedo denunciar? Le caeria una buena multa? Tendria que quitar la ventana? Gracias
No he sido yo quien ha sacado a colación cuestiones de moralidad, quien ha calificado moralmente a los vecinos de esa comunidad sin que nadie haya mostrado interés en conocerlas has sido tú " sinoiso ", de igual forma que has venido aquí buscando solución a unos problemas que son tuyos y no míos.
Si las respuestas no han sido las esperadas, lo siento, pero quien acude a un foro se expone a eso.
Por último decir, en razón a que cualquiera puede interpretar esta situación como propia si se encuentra con el mismo problema, que si yo fuese propietario del terreno colindante al muro donde has abierto la ventana, sin dudarlo, no permitiría que se consolidadra la servidumbre sin recibir compensación a cambio.
creo que los dos tenemos mejores cosas que hacer que enzarzarnos en una discusión en un foro que no está hecho para eso.
Dejémoslo en que no conoces la situación de mi comunidad ni los antecedentes. ¿ Quien dice que nadie haya abierto una ventana en el mismo muro ? ¿ Quien dice que no sean los mismos que ahora me lo reprochan a mi ? ¿ Quien dice que yo no sabía que yo soy el responsable frente a la comunidad y el ayuntamiento ? ¿ Por qué dejas caer de está manera que el arquitecto, que es amigo mio, no me informo debidamente de a que consecuencias me enfrentaba al hacer la ventana ? Todo esto lo dices tú, pero lo dices sin conocimiento de causa. Así que te ruego que dejes de tomarte esto como un tema personal y de juzgar la moralidad de mis vecinos, personas a las que no conoces. Tus conocimientos en temas legales y de urbanismo no te capacitan para juzgar la relación de una comunidad de vecinos que, insisto, no conoces.
Gracias por tu ayuda anterior, si bien tengo que decirte que todos esos presuntos problemas legales que augurabas en los primeros post no se concretarán al final, ya que la comunidad ha decidido no denunciarme, algo tendrán que esconder ellos también..
Este es el último post que escribo sobre este tema,
“ Sinoiso” creo que no es este el foro adecuado para hablar de moral, pero ya puestos..........y ciñéndome a la cuestión planteada, permíteme expresar mi opinión.
Sobre la primera cuestión decir que, exista o no proyecto, el arquitecto amigo nunca debió “aconsejarte” hacer lo que has hecho sin reflejarlo en un proyecto por el que obtener licencia municipal, todo lo actuado, desde el punto de vista urbanístico, es de tu absoluta responsabilidad ante el ayuntamiento y frente a la comunidad.
¿ Se te ocurrió pensar en algún momento, que podría ocurrir si cada propietario abriera huecos sin limitación ninguna en esa pared ? ¿ quien certifica que no colapsaría si otros hiciesen lo mismo que tu ?
En una comunidad de propietarios no es moralmente admisible que cada uno vaya a su libre albedrío haciendo lo que le resulte placentero o beneficiosos par sus intereses. Existen principios, como el de convivencia entre propietarios, que obligan a disfrutar lo que es propiedad común ( de comunidad ) conforme a ese principio, que deben prevalecer siempre sobre los intereses individuales de los comuneros.
Que en esa comunidad existan personas preocupadas por que haya una convivencia civilizada entre quienes la habitan, me parece muy loable, no así lo contrario.
Por esa razón, decir que a personas, posiblemente interesadas en cumplir y procurar que se cumplan las normas internas de una comunidad y las de general obligación, les causa envidia las conductas de los vecinos que incumplen con dichos principios mínimos ( que son reprobables en mi opinión ), que no tienen vida propia y que con su actitud pretenden causar perjuicios al incumplidor de dichas normas, sin siquiera llegar a considerar la posibilidad de que pueden estar ejerciendo unos derechos legítimos de denuncia de actos presuntamente irregulares, cuando no de obligado cumplimiento si ejercen cargos de representación, no creo que sea una cuestión de moralidad, sino de cumplimiento de la legalidad.
Por lo tanto, y siempre expresando mi humilde opinión, considero que no puede ponerse en un lado de la balanza la moralidad subjetivamente apreciada por quien actúa infringiendo la ley, y en la otra, los actos de personas que lo único que pretenden es que se actúe conforme a legalidad vigente.
- No ha habido "proyectito", ni dinero por medio, el arquitecto es un amigo. Los consejos de construcción es la simple instalación de un cargadero, de no me acuerdo que tipo de viga, ¿ sencillo verdad ?
- "Preguntar y después hacer", buena teoría si no existiera la envidia y el rencor en las comunidades de vecinos. Mi ventana no molesta a nadie y es una mejora espectacular para mi piso. Yo ya la estoy disfrutando, mientras otros miraran cada día el buzón, esperando con ansiedad durante años, con la esperanza de causarme perjuicios en un futuro, movidos por la envidia y por el hecho de no tener una vida propia que les satisfaga. Moralmente, ¿ quien tiene la razón ?, con eso me basta.
Aplicate el "preguntar y después hacer" para todo en tu vida, pero para todo, todo, eh ? no hagas trampas..
Pues no te quito la razón...mi jefe dice una frase que me gusta mucho que es " la PARALISIS por el ANALISIS". Estarás conmigo que si esta consulta se hace a priori a una Comunidad cuya edad media ronda los 70 años, nunca se haría nada.
Aún así, no te quito la razón.
Buenas noches.
Yo estoy en una situación similar.vivo en la planta 11 de un edificio de 14 plantas del centro de Madrid. Tiene dos orientaciones: la fachada ppal da al sur y en la fachada norte,que no es visible para ningún vecino de la propia comunidad porque pasa por encima de la azotea de otra comunidad, he abierto una nueva ventana que tampoco es visible para la comunidad aledaña.
Hay una reunión de la comunidad para tratar este tema ya que un vecino se ha subido a la azotea del otro edificio a hacer fotos.
La obra no molesta a nadie ni interfiere en ninguna servidumbre de luces,vistas,aguas,paso...ni de mi comunidad ni de ninguna otra que como cerca, se encuentran como mínimo a 50m.
Después de haber leído este foro, no me queda claro que si hay que sacar una licencia,pagar tasas y posible sanción admintrativa (de que cuantía podemos estar hablando¿) del ayuntamiento, en paralelo pueda haber una denuncia que me pueda llegar a hacer cerrar la ventana las costas del juicio.
Ya ves Acriton, el hecho de que la situación esté muy pachucha en el sector hace que algunos profesionales aconsejen lo que sea, con tal de que les encarguen un proyectito.
Espero que no llegue la sangre al juzgado pero nunca se sabe.. seguramente escribirán al ayuntamiento. ¿ Te puedo hacer una última pregunta ?, ¿ Hasta donde llega el ayuntamiento, es decir, podría cerrarme la ventana o se limitaría a una sanción administrativa y el correspondiente pago de los impuestos y tasas ?
No debe sorprenderte, las licencias se conceden sin perjuicios de terceros. Las servidumbres es un asunto civil en el que el ayuntamiento no pregunta si se tiene o no adquirido ese derecho.
Respecto al problema con los vecinos, entiendo que sí pueden poner problemas en tanto que estás mo dificando un elemento común sin el consentimiento de la comunidad.
Si la comunidad no aprueba esa obra, tu no la quieres quitar y se denuncia en el juzgado, considero que el juez podría sancionarte con obligarte a cumplir el acuerdo legalmente tomado por la comunidad de propietarios.
me sorprende que el ayuntamiento pueda hacerme pagar impuestos por una obra que según el codigo civil es ilegal. ¿ La sanción a la que te refieres es administrativa ?
Comentarte que el problema lo tengo sobre todo con mis propios vecinos, no tanto con la UNED. Aparte de informar al ayuntamiento sobre la obra, ¿ pueden denunciarme en el juzgado por modificar un elemento que supongo es común ?, ¿ cómo suelen resolverse este tipo de casos ?, ¿ es habitual que el ayuntamiento llegue a obligar a devolver el muro al estado anterior ?
1º) El ayuntamiento puede exigirte solicitar licencia por la ventana construida y pagar el ICIO, Tasas y, potestativamente, correspondiente sanción.
2º) El vecino está en su derecho a impedirte la servidumbre de luces y vistas que pretendes constituir con una apertura superior a la de 30 X 30.
Conforme al artículo 582 del Código Civil, no se pueden abrir ventanas con vistas rectas, ni balcones u otros voladizos semejantes sobre la finca del vecino, si no hay dos metros de distancia entre la pared en que se construyan y dicha propiedad. Pueden abrirse con el consentimiento del vecino, con las condiciones acordadas entre las partes.
Si estás en una CCAA que tenga sus propios fueros, estos prevalecen sobre las determinaciones del Código Civil.
Vivo en una finca del centro de Madrid, en el 5º piso interior de un edificio de 5 alturas.
Uno de los muros de mi salón es un medianero, propiedad de nuestra finca, que da a un patio de la UNED, de manzana, amplio y sin uso público, cuyo edificio construido dista unos 12 metros del muro medianero. Este edificio levanta 2 alturas del suelo.
He abierto una ventana grande ( 1´90 X 1´30 m.) donde antes había un ventanuco de 30x30 cm. siguiendo los consejos de construcción de un arquitecto, es decir, sin peligro para la estructura. Se que los vecinos de mi comunidad me van a denunciar en cuanto lo descubran y también corro el riesgo de que la UNED haga lo mismo.
Mis preguntas son: ¿ qué debería hacer para intentar evitar que me cierren la ventana ? ¿ hay posibilidades reales de que me la cierren ? ¿ cuanto tiempo tardaría en haber una sentencia en firme obligándome a hacerlo ? ¿ que pasaría si no la cumplo ? ¿ puede el ayuntamiento actuar y cerrarla, poniéndome además una sanción económica ?
..He obviado un par de circunstancias. El muro es un muro trasero, es decir, no da a la vía pública sino al mencionado patio que se encuentra sin uso desde hace años. En dicho muro varios vecinos ya habían ampliado previamente el ventanuco de 30x30 a unos tamaños de aproximadamente el doble del original sin encontrar oposición por parte de nadie. En este caso, ¿ es decisivo que mi ventana sea más grande o la situación es la misma ? ¿ Qué tipo de infracción urbanística he cometido ? grave - muy grave - leve ¿ es aplicable la prescripción a los 4 años ? ¿ con qué documento podría acreditar que la obra lleva hecha más de x años ? ¿ debería solicitar factura y pagar el iva a los obreros que me la han hecho para cubrirme ?