Hola muy buenas. Mi caso es el siguiente. Tengo un piso ahora mismo sin alquilar hasta hace poco alquilado con mi ex pareja y quiero deshacerme de el. Venderlo me supondria perder mucho dinero seguramtne y mi situacion economica es un poco delicada porque dentro de poco nose si podre hacerme cargo de los gasto que conlleva. He pensado en seguir figurando como titular con ella en la hipoteca y ampliarla en año y asi no modifican el diferencial ni las condiciones y por otro lado firmar un contrato privado por nuestra cuenta como que yo dejo de hacerme cargo del piso y todo y ella es la maxima responsable legalmente. Quisiera saber en el caso de que ella no pagase si ese contrato seria valido para que el banco viniese a por a mi. Un saludo y gracias
No sé si he entendido bien la cuestión, perdón si es así.
Dicho lo cual, si la hipoteca la habéis firmado los dos, seréis ambos los que respondáis ante un eventual impago, frente al banco. Ahora bien si firmáis un documento privado entre tu pareja y tú regulando cosa distinta, te podría habrir la puerta a una posible repetición, es decir, los dos sois reponsables de la deuda con el banco pero posteriormente podrías dirigirte contra tu ex.
rinconygarcia.abogados@gmail.com
Como ya hemos comentado otras veces, un piso comprado con hipoteca implica dos operaciones distintas.
Por una parte está la compra del piso, que se ha pagado "al contado" a la constructora, ó al particular si fuera de segunda mano, y por otra está la operación de prestamo con la que se ha pagado dicha compra.
El hecho de que un bien en concreto tenga una hipoteca, significa que es una garantia de cobro, y responde de una deuda en primer lugar (llegado el caso se subastaría para pagar el prestamo), y si no alcanza, el titular ó titulares del prestamo, deberan pagar la diferencia.
Es decir, tengas ó no tengas piso (porque lo hayas vendido, regalado... en documento privado, público.. ó lo que te parezca oportuno) tu deuda está ahí. De esa deuda, en primer lugar responderá el bien dejado en garantia, "hipotecado", pero el responsable del 100% de la deuda es el titular ó titulares del prestamo. Ambos de forma solidaria. Si no paga uno, irían contra el otro. Aunque el que se vea obligado a pagar el 100% de la deuda, puede reclamar judicialmente al otro, la parte proporcional que le corresponda. Pero no puede librarse de la deuda, sin que el Banco esté de acuerdo. Además, ya sabes que los Bancos tienen un sistema entre ellos, a través del cual se pasan la información sobre las deudas que cada cliente tiene en cada Banco/Caja (CIRBE= Central de Información de Riesgos del Banco de España) por lo que si quisieras pedir un prestamo en otra Entidad, automaticamente saltaría la deuda que ya tienes.
La única opción que tienes de quedar liberado, es que el Banco cancele el prestamo que teneis tu ex y tu, y le conceda a ella un nuevo prestamo ya solo a su nombre.