Estoy en proceso de divorcio, y abandonare la vivenda habitual (Vivienda A).
Yo tengo otra vivienda (vivenda B) en poblacion diferente a la Vivienda A.
Si me divorcio y posteriormente vendo la vivienda B (que no ha sido la habitual) para poder trasladarme a la problacion de la vivienda A porque tenga custodia compartida, ¿puedo considerar la vivienda B como vivienda habitual y no tributar el 18% de las plusvalias?